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Complacidos funcionarios locales con discusión de quiebra criolla en Supremo federal

Incredulidad. Jueces se cuestionaron por qué la isla no cuenta con un mecanismo de reestructuración de deuda

El Tribunal Supremo de Estados Unidos celebró hoy la vista argumentativa sobre la constitucionalidad de la denominada quiebra criolla y, a juicio de varios funcionarios locales, todo apunta a que el alto foro favorecería que Puerto Rico tenga una herramienta para reestructurar parte de su deuda.

Y es que cuatro, de los siete jueces que decidirán este caso, se mostraron solidarios con los argumentos de la defensa de Puerto Rico que estuvo en manos del licenciado Cristopher Landau. “Los propios jueces que al principio estaba escépticos, pero se dieron cuenta que esto será trascendental para el país y que no hay razón por la que Puerto Rico no sea tratado como un estado en este caso”, expresó el presidente de la Cámara de Representantes, Jaime Perelló Borrás.

Los jueces que inclinaron la balanza en favor de Puerto Rico fueron Sonia Sotomayor, Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg y Elena Kagan, quienes se cuestionaron por qué la isla quedó fuera del Capítulo 9 cuando en 1984 se enmendaron las leyes federales de bancarrota.

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El líder cameral apuntó, además, que las preguntas de Sotomayor fueron puntuales para desatar la discusión que llevó a la interrogante de la jueza Ruth Bader Ginsburg, quien le cuestionó a la defensa de los bonistas el por qué el Congreso dejaría a Puerto Rico sin herramientas para reestructurar la deuda de sus corporaciones públicas.

“¿Señor (Mathew) McGill por qué el Congreso pondría a Puerto Rico en esta tierra de nunca jamás? Eso es, no pueden usar el Capítulo 9 y tampoco pueden buscar un sustituto local para el Capítulo 9 […] ¿Por qué en el mundo?, ¿Qué explica que el Congreso haya querido poner a Puerto Rico en esta posición tan extraña de no tener las herramientas para reestructurar su deuda?”, cuestionó la jueza.

A juicio de Perelló los cuestionamientos dejan entrever que la “conclusión será totalmente positiva y realista para Puerto Rico […] Los veo más estableciendo que el pueblo deber ser tratado como un estado y que podremos acceder al Capítulo 9 de la Quiebra federal”.

Por su parte, el representante Luis Vega Ramos, quien también acudió a la vista, sentenció que el proceso sirvió para “que quedara desenmascarada la posición insostenible de los bonistas que por un lado querían que aplicara el Capítulo 9 como una manera de ocupar el campo para que Puerto Rico no pudiera legislar su propia deuda criolla, pero por otro lado no querían que el Capítulo 9 aplicara como una alternativa para reestructurar la deuda”.

Para Vega Ramos el momento más revelador de la vista fue cuando Kagan expresó que entró con la idea de que darle la razón a los bonistas y que Puerto Rico no tenía el alcance de legislar sus propias herramientas de reestructuración, pero cambio de opinión. “Auguro que se sostendrá la Ley de Quiebra Criolla probablemente por un margen de cuatro a tres”, sostuvo Vega Ramos.

Asimismo, el secretario de Justicia, César Miranda, catalogó la vista oral como interesante “porque noté una gran receptividad de los jueces del supremo”.

“Haciendo ese análisis cuidadoso, pero a la vez particularizado, yo diría que la balanza del resultado tiende a inclinarse a favor de Puerto Rico y de nuestra posición de que necesitamos ese instrumento”, acotó el titular en entrevista radial (NotiUno).

Miranda reiteró que “la posición de Puerto Rico tiene mucho sentido y es que si se interpreta que la ley de quiebra criolla es inconstitucional entonces a Puerto Rico se le estaría dejando en un limbo jurídico”.

En contrate, el Comisionado Residente, Pedro Pierluisi, aseguró que el curso de acción más responsable no es esperar a que el Tribunal Supremo se pronuncie, sino que el Congreso apruebe rápidamente legislación que autorice a Puerto Rico a reestructurar una parte significativa de su deuda y que establezca una junta temporal e independiente que permita al gobierno Puerto Rico ser más disciplinado en el área  fiscal.

“No hay manera de predecir si los siete jueces que hoy escucharon el caso confirmarán o revocarán la decisión de julio del 2015, de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito […] Tampoco hay manera de predecir con precisión cuándo se publicará la decisión del Tribunal, y es posible que no se publique hasta junio.  Por último, aún cuando el Tribunal revocase la decisión del Primer Circuito, no significaría que la Ley de Quiebra Criolla pudiera utilizarse de inmediato, porque los acreedores también han impugnado la ley argumentando que viola la Cláusula de Contratos y la Cláusula de Incautaciones de la Constitución”, sentenció.

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