Los compradores a través de Internet en Puerto Rico tendrían que emitir el pago de impuestos de esas transacciones directamente al Departamento de Hacienda (DH) y no al momento de realizar la compra, lo que implicaría en principio un ejercicio tedioso pero de responsabilidad ciudadana.
Ayer se llevó a cabo la primera vista pública en torno al Proyecto de la Cámara 849 para enmendar la Ley Núm. 1 de 2011, conocida como Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, a los fines de otorgarle al DH las herramientas necesarias para recaudar el impuesto de ventas y uso (IVU) sobre las ventas de productos tributables en Puerto Rico, a través de Internet por empresas sin presencia física en Puerto Rico.
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Se estima que el recaudo del IVU en compras por Internet rondaría los $35 y $55 millones.
Tres informes
En la audiencia pública de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y de Supervisión, Administración y Estabilidad Económica de Puerto Rico, presidida por el representante Antonio Soto Torres, el DH favoreció la medida propuesta, que implica un primer paso hacia el cobro del IVU directo a las compras en la red cibernética.
“En el futuro no descartamos que estos detallistas retengan el dinero y lo envíen directamente a Hacienda”, explicó la licenciada Roxana Cruz Rivera, subsecretaria del DH, en entrevista con Metro.
De ser aprobada la medida, la empresa que realiza la venta deberá realizar tres informes o notificaciones: el primero, al momento de la compra, deberá notificarle al consumidor que ese artículo está sujeto al pago de IVU; una segunda notificación al consumidor un mes después de haberse realizado la compra; y un informe anual con todas las compras que realice el consumidor a la empresa.
De este último informe, las empresas deberán emitir una copia al DH, que podrá parear la información recibida con los pagos emitidos por el consumidor a Hacienda.
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Asimismo, el presidente de la Comisión afirmó que en varias jurisdicciones de Estados Unidos, las empresas que hacen ventas por Internet han optado al final por cobrar el dinero de impuesto al consumidor y enviarlo luego al ente cobrador de impuestos estatal, lo que resulta menos complejo que la elaboración de informes como los que propone el Proyecto 849.
“Las empresas como Amazon ya no podrán usar el pretexto de que, al no tener tiendas en Puerto Rico, no cobran el impuesto”, añadió Soto Torres.