La Contraloría de Puerto Rico emitió una opinión favorable con excepciones, sobre los controles internos y administrativos del Departamento de Hacienda a nivel Central, según se informó este martes.
El Informe de cinco hallazgos revela que una oficial recibía recaudos sin contar con el debido nombramiento de recaudadora auxiliar que por el Reglamento 25, expide el mismo Secretario de Hacienda. Además, desde el 26 de septiembre de 2013 la Recaudadora Oficial no expide un recibo oficial para cada valor recaudado, y cuando las personas se lo solicitaban, entonces emitía un recibo no oficial. Una situación similar se había señalado hace nueve años, en el Informe de Auditoría DA-09-12 de 2008.
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Por otro lado, nuestros auditores no pudieron determinar si las cuentas por cobrar relacionadas con las deudas no contributivas eran correctas, ya que al 31 de octubre de 2015, la División de Cuentas de la Oficina de Finanzas no mantenía un registro según dispone la Ley 230 del 1974, Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico. Esta División tampoco hacía las tres gestiones de cobro como indica el Reglamento 44, Deudas no Contributivas Existentes a Favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ni había promulgado normas ni procedimientos internos para otorgar planes de pago.
La auditoría detectó que, contrario a la Ley, los empleados del Área de Inteligencia y Fraude Contributivo utilizaron por más de dos años, 29 vehículos de motor las 24 horas del día. Además, se identificó que el Encargado de la Propiedad no conciliaba mensualmente los registros de activos fijos y que la Oficina de Auditoría Interna no cuenta con un Comité de Auditoría.
El Informe comenta que el Departamento pagó 8.1 millones de dólares en intereses por la tardanza en los pagos de los reintegros a los contribuyentes de las planillas radicadas en abril de 2015. Además, seguían pendiente de resolución por los tribunales, 160 demandas civiles por 69.5 millones de dólares.
El Informe cubre el período del 1 de julio de 2012 al 30 de junio de 2016 y está disponible en www.ocpr.gov.pr.