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La Corte Suprema de Estados Unidos avala la vigencia del veto migratorio impuesto por Donald Trump a viajeros de 6 países de mayoría musulmana, Venezuela y Corea del Norte

El alto tribunal decidió dar luz verde a que la prohibición de entrada en Estados Unidos entre en vigor pese a que siguen pendientes de resolverse recursos en instancias inferiores. La medida afecta a los ciudadanos de 6 estados de mayoría musulmana, Corea del Norte y funcionarios de Venezuela.

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Donald Trump se anotó este lunes una victoria judicial con el fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos que autoriza la puesta en vigor del veto migratorio impuesto a los ciudadanos de 6 países de mayoría musulmana.

Los jueces del Supremo creen que la medida puede hacerse efectiva inmediatamente pese a que todavía hay recursos pendientes de resolverse en instancias judiciales inferiores.

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De los 9 jueces de la Corte Suprema, dos votaron en contra de la resolución finalmente aprobada.

La prohibición afectará, en diferentes niveles, a ciudadanos de Corea del Norte, Chad, Irán, Libia, Siria, Somalia, Venezuela y Yemen.

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La decisión del Supremo se refiere a la tercera versión de la controvertida medida que el presidente ha impulsado desde que llegó a la Casa Blanca en enero.

La norma debía entrar en vigor el 18 de octubre, pero dos jueces (de Hawái y Maryland) la bloquearon al considerar que viola la libertad de culto religioso al dirigirse contra una minoría, los musulmanes.

Sin embargo, sí entró en vigor la disposición para los ciudadanos de Corea del Norte y a algunos funcionarios del gobierno de Venezuela y sus familiares.

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La batalla continúa

Desde que llegó al poder, Trump ha intentado hasta en tres ocasiones implementar una restricción de entrada al país a ciudadanos de países de mayoría musulmana.

La primera versión, el 27 de enero, provocó un caos en los aeropuertos y acabó sepultada por la justicia.

En marzo, el segundo intento tuvo como objetivos a refugiados y países de mayoría musulmana.

En esa ocasión, los jueces del Supremo aceptaron el veto de 120 días a todos los refugiados con intención de entrar en Estados Unidos, excepto aquellos que pudieran acreditar vínculos lícitos con el país.

En septiembre fue publicada la tercera versión, cuya puesta en práctica fue avalada por el Tribunal Supremo este lunes.

Con todo, la decisión del Supremo no significa el final de la batalla legal.

Esta misma semana están previstas nuevas audiencias sobre este asunto en tribunales federales de San Francisco, en California, y Richmond, en Virginia.

El impacto de la prohibición variará mucho para cada uno de los países afectados.

Para Venezuela

De las 617.752 personas que el año pasado obtuvieron visados de inmigrante en EE.UU., tan solo nueve, un 0,0001% eran de Corea del Norte, de acuerdo con los datos oficiales del Departamento de Estado estadounidense.

En el caso de Venezuela, los afectados por la medida son, según informó en su día la Casa Blanca, "funcionarios de los organismos gubernamentales de Venezuela que participan en los procedimientos de investigación y selección" para la concesión de visas.

Estos son, según Washington:

  1. Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
  2. Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería
  3. Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas
  4. Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional
  5. Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores

La medida también afecta a los "familiares directos"de estos funcionarios.

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Se detalla que se aplica a aquellos funcionarios y familiares que tengan visas de negocios (B-1), de turismo (B-2) y de negocios/turismo (B-1/B-2).

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