Opinión: Pensiones y relaciones paternofiliales: ¿Las revisamos?

Por Julio Rivera Saniel @riverasaniel

3 mar 2014, 11:00 pm 4 min de lectura

Nunca he tenido duda de que, a pesar de los importantes pasos para superar la desigualdad, Puerto Rico sigue siendo —en esencia— un país eminentemente machista. Y lo es por cuanto el ideario general mantiene vivo un juego de roles que adjudica al hombre y a la mujer características, responsabilidades y funciones sociales determinadas. Romperlas puede suponer cuestionamientos y miradas de desaprobación.

En muchos casos, el Estado y sus leyes procuran combatir la esencia machista de la sociedad. Un ejemplo ha sido la aprobación de la Ley 54, que penaliza el abominable uso de la violencia contra la mujer y contra el hombre, aunque una mirada objetiva a los datos nos confirma que es la mujer la que sigue estando en la esquina de las víctimas y, en muy pocos casos reportados, es la victimaria.

Pero nuestra sociedad parece llevar una marcha descompasada en la lucha por la igualdad. Mientras se dan pasos firmes en unas direcciones, en otras parecería que se reclama a gritos la perpetuación de los mismos roles y nociones históricas que se batallan en otros ámbitos. Ello es especialmente cierto en el caso de los padres, sus relaciones paternofiliales y las pensiones alimenticias.

Si bien muchos hombres se pasean de la mano con la irresponsabilidad y el desapego en las relaciones con sus hijos e hijas después de una separación, también es cierto que en demasiadas ocasiones el Estado insiste en adjudicar a la madre un papel de figura superior a la del padre en la relación con los hijos, aun cuando el hombre procure alcanzar un estatus de igualdad en las responsabilidades económicas y afectivas con los menores. En demasiados casos, el hombre es visto (incluso por la mujer que se supone procura un estatus de total igualdad con su contraparte masculina) como alguien que debe atenerse solo a su figura históricamente reconocida de macho proveedor, con altas dosis de responsabilidad económica, pero muy pocas de responsabilidad y derechos en el plano afectivo. En ese ejercicio, aun penosamente hoy, en la ecuación del divorcio o la separación el hombre y la mujer no son iguales en acceso y responsabilidades afectivas. A los hombres se les adjudica, en la mayoría de los casos, un rol de chequera cuya responsabilidad primaria es proveer.

Pero esto supone lanzar sobre la mesa múltiples preguntas cuya formulación parece bochornoso estar discutiendo en pleno siglo XXI. En la mayor parte de los casos, el divorcio resulta traer para el hombre una penitencia permanente en la que el castigo mayor puede ser la limitación al acceso a los hijos, tan suyos como de ella.

Uno de esos casos es la pensión. Preguntemos. Y preguntamos no en nombre de los irresponsables para los que la manutención es un calvario al que se ven obligados por el Estado y que procuran no relacionarse con sus hijos más allá de alcance de su cheque mensual, preguntamos por aquellos  para los que el bienestar de sus hijos es una responsabilidad que cumplen con seriedad. Por quienes piensan que el acceso a la vida de sus hijos no es un privilegio condicionado por el Estado, sino un derecho natural. Y una labor de amor.

¿Son justas las tablas que determinan el pago de pensión?

El Estado asegura que un padre no custodio puede vivir con $500 al mes. ¿Es eso posible? ¿Por qué el padre no custodio no tiene derecho a saber si su aportación es utilizada para cubrir las necesidades de su hijo o hija?  ¿Es el dinero de la pensión una mensualidad para los gastos del padre o madre custodios? ¿Debe usarse el dinero de la pensión para el pago de un par de alformbras nuevas para el carro o el nuevo corte de pelo del padre o madre no custodios? ¿Por qué la madre o padre custodios pueden reclamar en sus planillas sus gastos con el menor y el padre o madre no custodios no pueden hacer lo mismo? ¿Por qué los gastos en los que incurre el padre o madre no custodios al recibir a sus niños en casa no se pueden calcular como aportación a la manutención? ¿Por qué el remedio al no pago de pensión es la cárcel? ¿Pueden un padre o madre presos procurarles manutención a su hijo o hija? ¿Cómo es que el Estado permite en demasiados casos que la madre condicione el acceso del padre a los niños a que esté o no al día en el pago de la pensión? ¿Por qué los tribunales aún no ven con igualdad de condiciones a hombres y mujeres —responsables, no patanes— a la hora de reclamar la custodia de los hijos o, en su defecto, solicitar una custodia compartida?

A las puertas de una revisión a las leyes que establecen las relaciones filiales entre padres e hijos y las pensiones alimenticias, me parece esencial que todos, ciudadanos y Gobierno, respondamos con honestidad estas preguntas y que al hacerlo pongamos como norte el bienestar de nuestros niños y niñas. Eso sí, al hacerlo, no debemos olvidar que los responsables de la felicidad de los menores  deben ser expuestos a un trato equitativo, justo y balanceado en la adjudicación de derechos y responsabilidades. Solo así estaremos cerca de llamarnos una sociedad de avanzada.

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