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title: "PFEI no designará fiscal especial para investigar a administradora de la ASG"
description: "Determinó archivar la querella por alegaciones de corrupción y conflicto de intereses contra Karla Mercado Rivera"
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author: "Cybernews"
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published: "2026-10-29T18:52:46.679Z"
updated: "2026-10-29T18:53:18.968Z"
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publisher: "Metro Puerto Rico"
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# PFEI no designará fiscal especial para investigar a administradora de la ASG

_Determinó archivar la querella por alegaciones de corrupción y conflicto de intereses contra Karla Mercado Rivera_

Por Cybernews · Noticias / Locales · 2026-10-29T18:52:46.679Z

El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) determinó el jueves no designar un fiscal especial independiente para investigar a la administradora de la Administración de Servicios Generales (ASG), Karla Mercado Rivera, por señalamientos de corrupción y conflicto de intereses relacionados con su matrimonio con Anthony Maceira Zayas.

La determinación se produjo tras una investigación preliminar de la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC) del Departamento de Justicia, que no encontró evidencia de que Mercado Rivera incumpliera los mecanismos de inhibición establecidos o utilizara su cargo para obtener beneficios ilegales.

_**Lea también:**_[Alcalde de San Juan pide investigar legalidad de operativos del ICE](https://www.metro.pr/noticias/2026/10/29/alcalde-de-san-juan-pide-investigar-legalidad-de-operativos-del-ice/)

Según la resolución del Panel, la investigación identificó medidas preventivas adoptadas por la funcionaria y acogidas por la Oficina de Ética Gubernamental (OEG), así como testimonios que no señalaron una intervención indebida de Mercado Rivera.

El PFEI también señaló que la querella anónima no identificaba una subasta, solicitud de propuestas, cotización o procedimiento de contratación específico en el que se hubiera cometido un acto de corrupción. Tampoco precisaba fechas de posibles delitos ni identificaba testigos con conocimiento directo de los hechos.

Durante la pesquisa, las autoridades examinaron una comunicación atribuida a una persona identificada como Eliezer Molina. Sin embargo, el senador Eliezer Molina negó públicamente haber enviado el documento y posteriormente presentó una petición de información en el Senado para conocer la identidad del remitente.

La DIPAC solicitó información a Google y realizó gestiones con la Oficina de Informática del Departamento de Justicia. Los resultados identificaron una dirección de internet asociada con un servidor de red privada virtual (VPN) ubicado en Londres, Inglaterra, y un registro relacionado con un proveedor de servicios en el Estado de Palestina.

Las gestiones no permitieron establecer la identidad ni la ubicación física de quien envió la comunicación, por lo que el asunto continuó bajo la clasificación de querella anónima.

Como parte de la investigación, la OEG certificó el 20 de mayo de 2026 que Mercado Rivera había presentado dos comunicaciones relacionadas con su vínculo con Maceira Zayas.

En la primera, la funcionaria informó sobre su entonces relación de noviazgo y estableció un mecanismo de inhibición para no intervenir en asuntos relacionados con Maceira Zayas, independientemente de que este compareciera ante la ASG como ciudadano, abogado, cabildero o en cualquier otra función.

El mecanismo también dispuso una línea de delegación para atender esos asuntos y prohibió consultar a Mercado Rivera o solicitarle información sobre gestiones comprendidas en su inhibición.

Posteriormente, tras contraer matrimonio con Maceira Zayas, la administradora notificó el cambio de estado civil y reiteró las restricciones. La OEG determinó que ambas comunicaciones cumplían con sus parámetros y ordenó incorporarlas al Registro de Mecanismos de Inhibición.

La pesquisa también examinó posibles violaciones a los artículos 253 y 254 del Código Penal, relacionados con negociaciones incompatibles con el ejercicio del cargo público e intervención indebida en procesos de subastas.

Sin embargo, el informe no identificó contratos ni adjudicaciones en los que Mercado Rivera hubiera intervenido en contravención a las prohibiciones aplicables. Tampoco encontró información que sustentara las acusaciones de tráfico de influencias, beneficios indebidos o uso de información confidencial.

“Frente a ello, las alegaciones no corroboradas no precisan una operación, actuación, beneficio o gestión de influencia que permita establecer el alto grado de probabilidad requerido para designar un Fiscal Especial Independiente”, concluyó el Panel.

En consecuencia, el PFEI ordenó archivar el asunto.

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