PPD pide a Justicia detalles sobre referido por tarjeta electoral no oficial en comité del PNP en Arecibo
El comisionado electoral alterno popular, Ramón Luis Hernández Espino, preguntó además si el caso podría pasar al Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, ante la posibilidad de que involucre a un funcionario cubierto por esa ley
Por Metro Puerto Rico
El comisionado electoral alterno del Partido Popular Democrático (PPD), Ramón Luis Hernández Espino, solicitó a la secretaria del Departamento de Justicia, Lourdes L. Gómez Torres, información sobre el estado del referido que hizo la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) por la alegada expedición y uso de una Tarjeta de Identificación Electoral (TIE) no oficial en el comité del Partido Nuevo Progresista (PNP) en Arecibo.
En una carta enviada el 2 de octubre a Justicia, Hernández Espino hace referencia a una resolución con la que el presidente de la CEE determinó referir el asunto a Justicia.
Según la carta, la información considerada por la CEE incluye un incidente ocurrido el 4 de agosto, cuando oficiales de inscripción de la Junta de Inscripción Permanente (JIP) de Arecibo atendieron a un elector que presentó una tarjeta que, según determinaron, no era una TIE oficial expedida por la Comisión. La resolución también recoge lo que el elector habría manifestado sobre la procedencia de la tarjeta y la documentación que la CEE recopiló posteriormente.
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El presidente de la Comisión concluyó que los hechos documentados presentaban “suficiente seriedad y especificidad” para ameritar la evaluación de las autoridades con competencia investigativa, y ordenó referir el asunto a Justicia para que evaluara la posible comisión de delito.
En su misiva, Hernández Espino pide que Justicia confirme si recibió formalmente el referido y la documentación de la CEE. Solicita, además, la fecha de recibo, el número de querella o identificación asignado, la unidad a la que fue referido y el estado procesal del caso.
El comisionado también preguntó si el Departamento ha determinado, o evalúa, remitir el caso a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (OPFEI). Según la carta, la solicitud “cobra particular relevancia” ante la posibilidad de que los hechos hubieran ocurrido bajo el conocimiento, la supervisión o el ámbito de responsabilidad de una persona que, al momento de los hechos, estuviera cubierta por la Ley 2 de 1988, que regula el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente.


