Cámara aprueba proyecto para prohibir cargos adicionales en boletos de espectáculos
La medida impediría el cobro separado de cargos como el “promoter fee” y el “venue fee”, y también obligaría al reembolso total cuando un evento sea cancelado o suspendido
Por Metro Puerto Rico
La Cámara de Representantes aprobó este lunes el Proyecto de la Cámara 1031, una medida que prohibiría el cobro separado de cargos como el “promoter fee” y el “venue fee” en la venta de boletos para espectáculos públicos en Puerto Rico.
La legislación, presentada por los representantes Jorge Navarro Suárez y Edgar Robles Rivera, crea la “Ley de Transparencia en la Venta de Boletos de Espectáculos Públicos” y enmienda además la “Ley para la Transparencia en el Recibo de Compra”.
Según sus autores, la medida busca poner fin a una práctica que ha incrementado el costo de los boletos, limitando su acceso a actividades artísticas, culturales y de entretenimiento.
El proyecto establece como única excepción los cargos por servicio cobrados por las empresas expendedoras de boletos que respondan directamente a la gestión tecnológica de emisión de las taquillas, así como los impuestos aplicables por ley.
De acuerdo con determinaciones administrativas recientes del Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO), el cargo de promotor se impone adicionalmente a la compensación pactada con los artistas y se cobra directamente al consumidor, sin que represente un pago que deba hacerse a un tercero.
Navarro Suárez sostuvo que “esta práctica tiene el efecto de distorsionar el precio promedio de taquilla acordado entre el promotor y el artista, alterando la expectativa económica del acuerdo y menoscabando la transparencia en el proceso de compra al presentarse como un cargo no optativo”.
El legislador añadió que este tipo de práctica va en contra de las mejores prácticas adoptadas en estados como Florida, California y Texas.
Durante la misma sesión, la Cámara también aprobó el Proyecto de la Cámara 429, de la representante Lourdes Ramos Rivera, para garantizar que los consumidores reciban el reembolso de la totalidad de los cargos pagados cuando un espectáculo sea suspendido o cancelado.
La medida dispone que el consumidor recupere el costo del boleto, los cargos por servicio, el Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) y cualquier otro cargo incluido en la compra.
Además, impone al promotor la obligación de garantizar el reembolso, ya sea directamente o a través de la empresa expendedora de boletos, y establece multas administrativas de entre $1,000 y $10,000 por incumplimiento de esa disposición.


