Junta rechaza defensa de Osvaldo Carlo: no hace falta probar fraude para cancelar contrato de Power Expectations
El organismo fiscal rechazó el argumento de que se violentó el debido proceso del contratista y sostuvo que la salida de Enchanted Rock alteró una condición esencial bajo la cual había aprobado el acuerdo. La falta de una fianza de $1,180 millones constituye, además, una razón independiente para la terminación.
Por Metro Puerto Rico
La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) rechazó hoy jueves los argumentos levantados por el presidente de la Oficina Independiente de Adquisiciones (3PPO, por sus siglas en inglés), Osvaldo Carlo Linares, contra la cancelación del contrato de casi $6,000 millones de Power Expectations y sostuvo que no necesita determinar si hubo fraude en la firma atribuida a Enchanted Rock para retirar su aprobación al acuerdo.
En una nueva carta enviada este jueves a Carlo, la Junta separó las investigaciones sobre las alegaciones de ERock de los fundamentos que utilizó para ordenar la terminación del contrato para instalar 400 megavatios de generación temporera.
“La decisión de la Junta de Supervisión de retirar su aprobación del contrato no depende de resolver las alegaciones de fraude”, estableció el organismo, que aseguró que no está tomando posición sobre los méritos de la disputa entre Power Expectations y Enchanted Rock.
La respuesta surge luego de que Carlo cuestionara esta semana que la Junta ordenara cancelar el contrato sin que Power Expectations tuviera oportunidad de responder a las alegaciones formuladas por ERock.
Según había reportado El Nuevo Día, Carlo comunicó a la Junta que Power Expectations sostenía que sus oficiales nunca habían sido contactados por el organismo fiscal y que, por tanto, no tuvieron oportunidad de contestar los señalamientos. Carlo incluso preguntó si la Junta se consideraba “exenta de la cláusula del debido proceso de la Constitución de Estados Unidos”.
08202026 Letter to 3PPO by Metro Puerto Rico
Enchanted Rock era clave para cualificar
En su respuesta, la Junta sostuvo que el planteamiento de debido proceso no altera la razón principal por la que retiró su aprobación.
Según el organismo, la propia evaluación de la 3PPO había determinado que Power Expectations y Reyes Contractor Group no demostraron experiencia previa en la ejecución de proyectos eléctricos de escala y complejidad comparables al proyecto propuesto.
Fue Enchanted Rock, argumentó la Junta, la que aportó la capacidad técnica, operacional y financiera necesaria para que el consorcio cumpliera con los requisitos de la licitación.
Por ello, la Junta sostiene que su aprobación del contrato descansó expresamente sobre la participación de Enchanted Rock en el proyecto.
“El vendedor, según está constituido actualmente, no es el vendedor que cualificó bajo el RFP ni el que la Junta de Supervisión aprobó”, planteó el organismo.
La controversia sobre Enchanted Rock surgió después de que ERock, su empresa matriz, alegara que la compañía nunca autorizó su participación en el contrato ni la firma que aparece en el documento.
Power Expectations y la 3PPO han sostenido, por su parte, que existían acuerdos y resoluciones corporativas que permitían la representación de Enchanted Rock durante el proceso.
Aun si la firma fuera válida, la Junta dice que el resultado sería el mismo
La Junta fue más allá y planteó que, incluso si se asumiera para propósitos del argumento que Enchanted Rock firmó válidamente el contrato y posteriormente decidió retirarse, su determinación no cambiaría.
Según el organismo, la salida de Enchanted Rock significó que el consorcio dejó de tener la composición que había cualificado y que posteriormente recibió su aprobación.
Power Expectations comenzó el proceso para sustituir a Enchanted Rock por Flotek Industries poco después de la firma del contrato. La AEE autorizó la sustitución el 31 de julio.
Sin embargo, la Junta recalcó ahora que Flotek nunca participó en el proceso competitivo original y que su incorporación al proyecto tampoco fue sometida a la Junta para evaluación y aprobación.
Para el organismo fiscal, esa sustitución no podía realizarse unilateralmente debido a que su aprobación estaba condicionada a la composición y capacidades del consorcio que había sido evaluado.
Rechaza argumento de debido proceso
La Junta también contestó directamente el cuestionamiento constitucional planteado por Carlo.
“Las preocupaciones sobre debido proceso planteadas en su carta, por tanto, no atienden el punto central”, respondió el organismo.
Según la Junta, su actuación no constituyó una adjudicación de las acusaciones de ERock contra Power Expectations. Lo que hizo, argumentó, fue reconsiderar su propia aprobación previa después de conocer que una premisa material de esa decisión —la participación de Enchanted Rock— ya no existía.
Carlo había transmitido además cuestionamientos de Power Expectations sobre posibles conflictos de interés relacionados con abogados que habrían representado a ERock y otros participantes de la licitación. Según la información publicada sobre su comunicación, Carlo sostuvo que la rapidez de la cancelación, la ausencia de oportunidad para escuchar a todas las partes y las alegaciones de conflictos levantaban asuntos que debían atenderse.
La respuesta de la Junta, sin embargo, se concentra en defender que esos asuntos no son necesarios para determinar si mantiene o retira su aprobación contractual.
Fianza de $1,180 millones constituye otra causa
La Junta añadió un segundo fundamento que, según sostuvo, es independiente de toda la controversia relacionada con Enchanted Rock.
La propia 3PPO informó el 5 de agosto que Power Expectations no había presentado la garantía de cumplimiento requerida para la fase de construcción, cuyo valor ascendía a aproximadamente $1,180 millones.
El organismo fiscal sostuvo que la ausencia de esa garantía constituía por sí sola un fundamento contractual para terminar el acuerdo.
La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) utilizó también el incumplimiento con la fianza al notificar el 18 de agosto la terminación inmediata del contrato.
Power Expectations tenía a su cargo un contrato de 10 años para suplir hasta 400 MW de generación temporera en la central Aguirre. El acuerdo tenía un valor máximo potencial de aproximadamente $5,887 millones, aunque no garantizaba desembolsos por esa cantidad, pues los pagos dependían de la energía efectivamente producida y utilizada.
Investigaciones siguen por un carril separado
La Junta dejó claro que su determinación contractual no impide que continúen las investigaciones relacionadas con las alegaciones de ERock.
La AAPP había referido los señalamientos sobre la alegada firma no autorizada al Departamento de Justicia de Puerto Rico y a la Fiscalía federal.
Pero para la Junta, conocer el resultado de esas pesquisas no constituye un requisito previo para cancelar el acuerdo.
El organismo sostuvo que no tenía que adjudicar las alegaciones de fraude antes de retirar su aprobación, ni la AEE necesita esperar por el resultado de una investigación criminal o de otra naturaleza para terminar el contrato.
Finalmente, la Junta concluyó que los planteamientos presentados por Carlo no ofrecen fundamentos para reconsiderar la decisión que ya tomó sobre Power Expectations.
Aquí una cronología completa de la controversial transacción:
Power Expectations: cronología de un contrato cancelado bajo investigación
El contrato para instalar 400 MW de generación temporera en Aguirre fue cancelado, pero las investigaciones y controversias sobre su trámite continúan. Esta cronología reconstruye las impugnaciones, advertencias, decisiones y documentos que marcaron un proceso de casi $5,900 millones, desde la búsqueda de generación de emergencia hasta la cancelación del contrato y los posteriores referidos a las autoridades.
19 de marzo de 2025 Ordenan buscar generación temporera
El Negociado de Energía ordena iniciar un proceso expedito para adquirir hasta 800 MW de generación temporera ante las deficiencias de capacidad del sistema eléctrico.
4 de julio de 2025 Javelin acude al tribunal por expediente de la contratación
Javelin Global Commodities acude a los tribunales en busca de acceso al expediente administrativo del primer proceso de contratación de generación temporera.
La empresa buscaba conocer los fundamentos utilizados para seleccionar a Power Expectations y obtener la documentación necesaria para cuestionar la adjudicación.
7 de julio de 2025 Gothams impugna selección de Power Expectations
Gothams Energy presenta ante el Tribunal de Apelaciones un recurso para cuestionar la selección de Power Expectations en el primer proceso de contratación.
Entre sus alegaciones, Gothams cuestionó la experiencia de Power Expectations para ejecutar un proyecto de esa magnitud, el calendario propuesto, los criterios utilizados durante la evaluación y la transparencia del proceso.
9 de julio de 2025 Tribunal paraliza contratación
El Tribunal de Apelaciones ordena paralizar los trámites relacionados con la contratación de Power Expectations mientras atendía la impugnación presentada por Gothams.
Julio de 2025 Primer proceso queda atrás y se abre otra licitación
El Gobierno deja atrás el primer proceso de adquisición de generación temporera e inicia una nueva licitación.
El Tribunal de Apelaciones posteriormente desestima por academicidad la impugnación de Gothams. El tribunal no adjudica en sus méritos los cuestionamientos que el competidor había presentado contra Power Expectations y el proceso de selección.
Agosto de 2025 3PPO documenta preocupaciones sobre Power Expectations
Ya dentro del nuevo proceso, análisis de la propia 3PPO documentan preocupaciones sobre la capacidad organizacional y financiera de Power Expectations para asumir un proyecto de la magnitud propuesta.
Según documentos posteriormente citados por la Junta de Supervisión Fiscal, Power Expectations y Reyes Contractor no demostraban por sí solas experiencia previa en proyectos eléctricos de escala y complejidad comparables.
Noviembre de 2025 ERock dice que rechaza participar
Según una comunicación que ERock enviaría posteriormente, Enchanted Rock informó a Power Expectations desde noviembre de 2025 que no podía firmar el acuerdo para el proyecto.
Enero de 2026 ERock dice que reitera su posición
Según ERock, volvió a comunicar a Power Expectations que no participaría en el proyecto.
3 de junio de 2026 Power Expectations vuelve a pedir una firma
Según la carta de ERock, Power Expectations le envía una versión del contrato y solicita que sea firmada. En esa versión, Corey Amthor figuraba como la persona que firmaría por Enchanted Rock.
4 de junio de 2026 ERock vuelve a rechazar el proyecto
ERock sostiene que respondió que ya había comunicado que no participaría y señaló que ni siquiera había visto previamente el borrador del acuerdo que se le solicitaba firmar en un término de 24 a 48 horas.
5 de junio de 2026 “No tenemos intención de participar”
El abogado general de ERock reitera por escrito que la empresa no tenía intención de participar en el proyecto de generación temporera de 400 MW en Aguirre.
10 de junio de 2026 Se ejecuta el contrato
Se ejecuta el contrato de diez años para instalar 400 MW de generación temporera en Aguirre, con un valor máximo potencial de aproximadamente $5,887 millones.
En el documento ejecutado aparece Jhoby Weaks firmando por Enchanted Rock como “COO-Caribbean Operations”, en lugar de Corey Amthor.
Alrededor del 12 de junio de 2026 Surge la sustitución por Flotek
Según documentos citados por la Junta, Enchanted Rock habría comunicado que no continuaría en el proyecto. El acuerdo para transferir su participación a Flotek Industries lleva fecha del 12 de junio.
16 de junio de 2026 ERock conoce del contrato y denuncia posibles irregularidades
Según ERock, su abogado general conoce que Enchanted Rock aparece como firmante del contrato y comunica las alegaciones a la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas.
La comunicación plantea posible conducta impropia y posible conducta criminal. Ese mismo día el asunto es referido a Osvaldo Carlo Linares, presidente de la 3PPO, para investigación.
17 de junio de 2026 ERock detalla sus acusaciones por escrito
ERock envía una carta que contiene alegaciones de falsificación, fraude y uso no autorizado de su nombre y firma.
También relata una comunicación en la que se habría amenazado con una reclamación de $10,000 millones si no firmaba antes de su salida a bolsa.
Según ERock, el abogado cuyo membrete aparecía en esa comunicación posteriormente negó haber representado a Power Expectations, redactado la carta o autorizado el uso de su membrete.
9 de julio de 2026 Solicitan formalmente cambiar a Enchanted Rock
Power Expectations solicita a la AEE consentimiento para sustituir a Enchanted Rock por Flotek Industries.
16-17 de julio de 2026 Junta y AEE piden información
La Junta solicita información sobre cambios en las partes contratantes, la fianza y el cumplimiento de los hitos. La AEE señala que todavía no cuenta con el expediente completo requerido para consentir la cesión.
30 de julio de 2026 3PPO recomienda aprobar a Flotek
La 3PPO recomienda a la AEE aprobar la sustitución de Enchanted Rock por Flotek.
31 de julio de 2026 AEE autoriza la sustitución
La AEE consiente al cambio de Enchanted Rock por Flotek.
La directora ejecutiva de la AEE informaría posteriormente que la corporación pública desconocía entonces las alegaciones de ERock.
5 de agosto de 2026 Sin fianza, hitos ni progreso
La 3PPO informa a la Junta que no se había entregado la fianza de cumplimiento de aproximadamente $1,180 millones, que los hitos contractuales estaban incumplidos y que no había ocurrido progreso.
También informa sobre la entrada de Flotek. Según la Junta, no revela en esa comunicación las alegaciones de ERock ni la investigación.
7 de agosto de 2026 AEE y Junta conocen las alegaciones
La AEE sostiene que se entera de las alegaciones a raíz de una solicitud de información de un programa de televisión.
La Junta dice que también conoce el asunto mediante una consulta periodística y posteriormente obtiene confirmación de ERock.
9 de agosto de 2026 Gobierno admite investigación desde junio
El zar de Energía, Josué Colón, confirma públicamente que las alegaciones estaban bajo investigación desde mediados de junio. Osvaldo Carlo defiende que los documentos evaluados acreditaban la autoridad del firmante.
13 de agosto de 2026 Caso es referido a autoridades
Se hace público que asuntos relacionados con la controversia fueron referidos al Departamento de Justicia de Puerto Rico y a autoridades federales.
14 de agosto de 2026 Junta revoca su aprobación
La Junta de Supervisión Fiscal revoca la aprobación que había concedido al contrato y ordena a la AEE proceder con su terminación.
La determinación ocurre en medio de los cuestionamientos sobre la participación de Enchanted Rock, la posterior sustitución por Flotek y el incumplimiento de obligaciones contractuales.
17 de agosto de 2026 Junta traza 17 áreas de investigación
Una nueva carta de la Junta detalla 17 áreas de preguntas todavía sin respuesta.
Incluyen la identidad y autoridad de Jhoby Weaks, el manejo de las alegaciones, la sustitución por Flotek, la falta de información a la AEE y a la Junta y la identidad y compensación de cabilderos, consultores, abogados e intermediarios vinculados al contrato.
18 de agosto de 2026 Sale a la luz la carta de ERock del 17 de junio
La Junta informa que recibió una carta de ERock fechada el 17 de junio que, según señala, no había sido incluida por la AAPP ni la 3PPO en respuestas anteriores a sus solicitudes de información.
La carta documenta la versión de ERock de que había rechazado participar antes de la firma y contiene alegaciones de falsificación, fraude, una amenaza de reclamación de $10,000 millones y uso no autorizado del membrete de un abogado.
18 de agosto de 2026 AEE termina el contrato
La AEE notifica a Power Expectations la terminación inmediata del contrato.
Además de la revocación de la aprobación de la Junta, la corporación pública invoca el incumplimiento con la fianza de cumplimiento de aproximadamente $1,180 millones.
18 de agosto de 2026 Carlo cuestiona la cancelación por debido proceso
Osvaldo Carlo Linares envía una comunicación a la Junta en la que transmite cuestionamientos de Power Expectations sobre la decisión de retirar la aprobación del contrato antes de que culminaran las investigaciones relacionadas con las alegaciones de ERock.
Según lo reportado sobre la comunicación, Carlo plantea que Power Expectations no había tenido oportunidad de responder ante la Junta a las acusaciones y cuestiona si el organismo fiscal se considera exento de las garantías constitucionales de debido proceso.
También transmite señalamientos de Power Expectations sobre posibles conflictos de interés relacionados con abogados y firmas vinculadas a participantes del proceso.
20 de agosto de 2026 Carlo acude al FBI y Fiscalía Federal
Osvaldo Carlo informa que sostuvo conversaciones con representantes del FBI y de la Fiscalía Federal en relación con las controversias que rodean el contrato.
Carlo asegura que fue él quien solicitó la reunión y anuncia que no hará más expresiones por el momento.
20 de agosto de 2026 Senado cuestiona renovación de 3PPO
El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, cuestiona públicamente la renovación del contrato relacionado con la 3PPO y plantea interrogantes sobre su fecha en medio de la controversia de Power Expectations.
20 de agosto de 2026 LUMA advierte sobre déficit de generación
La presidenta de LUMA, Janisse Quiñones, advierte que el sistema continúa sin la reserva mínima necesaria durante las horas pico y que la ausencia de nueva generación aumenta los retos operacionales.
20 de agosto de 2026 Negociado ordena recalcular necesidad de generación
El Negociado de Energía concede a LUMA diez días para actualizar cuánto respaldo de generación temporera necesita Puerto Rico tras la cancelación del contrato.
Los análisis de marzo de 2025 habían estimado un déficit de entre 700 y 850 MW, pero el regulador exige que cualquier nueva determinación se base en las condiciones actuales del sistema.
20 de agosto de 2026 Junta a Carlo: no necesita probar fraude para cancelar
La Junta rechaza los planteamientos de Carlo y sostiene que su decisión de retirar la aprobación del contrato no depende de determinar si hubo fraude en la firma atribuida a Enchanted Rock.
El organismo argumenta que Power Expectations y Reyes Contractor no habían demostrado por sí solas experiencia previa en proyectos eléctricos de escala y complejidad comparables. Según la Junta, Enchanted Rock aportó la capacidad técnica, operacional y financiera necesaria para que el consorcio cualificara.
También señala que Flotek Industries no participó en la licitación original y que su incorporación al consorcio nunca fue sometida a la Junta para evaluación y aprobación.
Como fundamento independiente, la Junta vuelve a señalar que Power Expectations no presentó la fianza de cumplimiento de aproximadamente $1,180 millones.


