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title: "Junta rechaza defensa de Osvaldo Carlo: no hace falta probar fraude para cancelar contrato de Power Expectations"
description: "El organismo fiscal rechazó el argumento de que se violentó el debido proceso del contratista y sostuvo que la salida de Enchanted Rock alteró una condición esencial bajo la cual había aprobado el acuerdo. La falta de una fianza de $1,180 millones constituye, además, una razón independiente para la terminación."
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section: "Noticias"
subsection: "Locales"
author: "Metro Puerto Rico"
published: "2026-08-20T19:51:47.289Z"
updated: "2026-08-20T20:30:36.313Z"
tags: ["Energía", "Puerto Rico", "Portada", "generación", "destacado"]
publisher: "Metro Puerto Rico"
language: "es"
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# Junta rechaza defensa de Osvaldo Carlo: no hace falta probar fraude para cancelar contrato de Power Expectations

_El organismo fiscal rechazó el argumento de que se violentó el debido proceso del contratista y sostuvo que la salida de Enchanted Rock alteró una condición esencial bajo la cual había aprobado el acuerdo. La falta de una fianza de $1,180 millones constituye, además, una razón independiente para la terminación._

Por Metro Puerto Rico · Noticias / Locales · 2026-08-20T19:51:47.289Z

La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) rechazó hoy jueves los argumentos levantados por el presidente de la Oficina Independiente de Adquisiciones (3PPO, por sus siglas en inglés), Osvaldo Carlo Linares, contra la cancelación del contrato de casi $6,000 millones de Power Expectations y sostuvo que **no necesita determinar si hubo fraude en la firma atribuida a Enchanted Rock para retirar su aprobación al acuerdo**.

En una nueva carta enviada este jueves a Carlo, la Junta separó las investigaciones sobre las alegaciones de ERock de los fundamentos que utilizó para ordenar la terminación del contrato para instalar 400 megavatios de generación temporera.

“La decisión de la Junta de Supervisión de retirar su aprobación del contrato no depende de resolver las alegaciones de fraude”, estableció el organismo, que aseguró que no está tomando posición sobre los méritos de la disputa entre Power Expectations y Enchanted Rock.

La respuesta surge luego de que Carlo cuestionara esta semana que la Junta ordenara cancelar el contrato sin que Power Expectations tuviera oportunidad de responder a las alegaciones formuladas por ERock.

Según había reportado _El Nuevo Día_, Carlo comunicó a la Junta que Power Expectations sostenía que sus oficiales nunca habían sido contactados por el organismo fiscal y que, por tanto, no tuvieron oportunidad de contestar los señalamientos. Carlo incluso preguntó si la Junta se consideraba “exenta de la cláusula del debido proceso de la Constitución de Estados Unidos”.

 [08202026 Letter to 3PPO](https://www.scribd.com/document/1076695658/08202026-Letter-to-3PPO#from_embed) by [Metro Puerto Rico](https://www.scribd.com/user/191960225/Metro-Puerto-Rico#from_embed)

### Enchanted Rock era clave para cualificar

En su respuesta, la Junta sostuvo que el planteamiento de debido proceso no altera la razón principal por la que retiró su aprobación.

Según el organismo, la propia evaluación de la 3PPO había determinado que Power Expectations y Reyes Contractor Group **no demostraron experiencia previa en la ejecución de proyectos eléctricos de escala y complejidad comparables** al proyecto propuesto.

Fue Enchanted Rock, argumentó la Junta, la que aportó la capacidad técnica, operacional y financiera necesaria para que el consorcio cumpliera con los requisitos de la licitación.

Por ello, la Junta sostiene que su aprobación del contrato descansó expresamente sobre la participación de Enchanted Rock en el proyecto.

“El vendedor, según está constituido actualmente, no es el vendedor que cualificó bajo el RFP ni el que la Junta de Supervisión aprobó”, planteó el organismo.

La controversia sobre Enchanted Rock surgió después de que ERock, su empresa matriz, alegara que la compañía nunca autorizó su participación en el contrato ni la firma que aparece en el documento.

Power Expectations y la 3PPO han sostenido, por su parte, que existían acuerdos y resoluciones corporativas que permitían la representación de Enchanted Rock durante el proceso.

### Aun si la firma fuera válida, la Junta dice que el resultado sería el mismo

La Junta fue más allá y planteó que, incluso si se asumiera para propósitos del argumento que **Enchanted Rock firmó válidamente el contrato y posteriormente decidió retirarse**, su determinación no cambiaría.

Según el organismo, la salida de Enchanted Rock significó que el consorcio dejó de tener la composición que había cualificado y que posteriormente recibió su aprobación.

Power Expectations comenzó el proceso para sustituir a Enchanted Rock por Flotek Industries poco después de la firma del contrato. La AEE autorizó la sustitución el 31 de julio.

Sin embargo, la Junta recalcó ahora que **Flotek nunca participó en el proceso competitivo original** y que su incorporación al proyecto tampoco fue sometida a la Junta para evaluación y aprobación.

Para el organismo fiscal, esa sustitución no podía realizarse unilateralmente debido a que su aprobación estaba condicionada a la composición y capacidades del consorcio que había sido evaluado.

### Rechaza argumento de debido proceso

La Junta también contestó directamente el cuestionamiento constitucional planteado por Carlo.

“Las preocupaciones sobre debido proceso planteadas en su carta, por tanto, no atienden el punto central”, respondió el organismo.

Según la Junta, su actuación no constituyó una adjudicación de las acusaciones de ERock contra Power Expectations. Lo que hizo, argumentó, fue reconsiderar **su propia aprobación previa** después de conocer que una premisa material de esa decisión —la participación de Enchanted Rock— ya no existía.

Carlo había transmitido además cuestionamientos de Power Expectations sobre posibles conflictos de interés relacionados con abogados que habrían representado a ERock y otros participantes de la licitación. Según la información publicada sobre su comunicación, Carlo sostuvo que la rapidez de la cancelación, la ausencia de oportunidad para escuchar a todas las partes y las alegaciones de conflictos levantaban asuntos que debían atenderse.

La respuesta de la Junta, sin embargo, se concentra en defender que esos asuntos no son necesarios para determinar si mantiene o retira su aprobación contractual.

### Fianza de $1,180 millones constituye otra causa

La Junta añadió un segundo fundamento que, según sostuvo, es independiente de toda la controversia relacionada con Enchanted Rock.

La propia 3PPO informó el 5 de agosto que Power Expectations no había presentado la garantía de cumplimiento requerida para la fase de construcción, cuyo valor ascendía a aproximadamente **$1,180 millones**.

El organismo fiscal sostuvo que la ausencia de esa garantía constituía por sí sola un fundamento contractual para terminar el acuerdo.

La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) utilizó también el incumplimiento con la fianza al notificar el 18 de agosto la terminación inmediata del contrato.

Power Expectations tenía a su cargo un contrato de 10 años para suplir hasta 400 MW de generación temporera en la central Aguirre. El acuerdo tenía un valor máximo potencial de aproximadamente **$5,887 millones**, aunque no garantizaba desembolsos por esa cantidad, pues los pagos dependían de la energía efectivamente producida y utilizada.

### Investigaciones siguen por un carril separado

La Junta dejó claro que su determinación contractual no impide que continúen las investigaciones relacionadas con las alegaciones de ERock.

La AAPP había referido los señalamientos sobre la alegada firma no autorizada al Departamento de Justicia de Puerto Rico y a la Fiscalía federal.

Pero para la Junta, conocer el resultado de esas pesquisas no constituye un requisito previo para cancelar el acuerdo.

El organismo sostuvo que **no tenía que adjudicar las alegaciones de fraude antes de retirar su aprobación**, ni la AEE necesita esperar por el resultado de una investigación criminal o de otra naturaleza para terminar el contrato.

Finalmente, la Junta concluyó que los planteamientos presentados por Carlo no ofrecen fundamentos para reconsiderar la decisión que ya tomó sobre Power Expectations.

## Aquí una cronología completa de la controversial transacción:

## Power Expectations: cronología de un contrato cancelado bajo investigación

El contrato para instalar 400 MW de generación temporera en Aguirre fue
cancelado, pero las investigaciones y controversias sobre su trámite
continúan. Esta cronología reconstruye las impugnaciones, advertencias,
decisiones y documentos que marcaron un proceso de casi $5,900 millones,
desde la búsqueda de generación de emergencia hasta la cancelación del
contrato y los posteriores referidos a las autoridades.

**El punto central:** el proceso enfrentó cuestionamientos
desde 2025 y Power Expectations volvió a competir en una segunda
licitación. Posteriormente, Enchanted Rock se convirtió en una pieza
determinante para la cualificación del consorcio. ERock sostiene que
Enchanted Rock rechazó participar antes de la firma del contrato, mientras
la Junta sostiene ahora que no necesita resolver la controversia sobre
esa firma para mantener la cancelación.

19 de marzo de 2025
Ordenan buscar generación temporera

El Negociado de Energía ordena iniciar un proceso expedito para adquirir
hasta 800 MW de generación temporera ante las deficiencias de capacidad
del sistema eléctrico.

4 de julio de 2025
Javelin acude al tribunal por expediente de la contratación

Javelin Global Commodities acude a los tribunales en busca de acceso
al expediente administrativo del primer proceso de contratación de
generación temporera.

La empresa buscaba conocer los fundamentos utilizados para seleccionar
a Power Expectations y obtener la documentación necesaria para
cuestionar la adjudicación.

Los señalamientos de Javelin constituían alegaciones de un competidor
y no una determinación judicial sobre Power Expectations.

7 de julio de 2025
Gothams impugna selección de Power Expectations

Gothams Energy presenta ante el Tribunal de Apelaciones un recurso
para cuestionar la selección de Power Expectations en el primer
proceso de contratación.

Entre sus alegaciones, Gothams cuestionó la experiencia de Power
Expectations para ejecutar un proyecto de esa magnitud, el calendario
propuesto, los criterios utilizados durante la evaluación y la
transparencia del proceso.

El recurso fue notificado a la AAPP, 3PPO, AEE, Negociado de Energía,
Regulatory Compliance Services y Power Expectations.

9 de julio de 2025
Tribunal paraliza contratación

El Tribunal de Apelaciones ordena paralizar los trámites relacionados
con la contratación de Power Expectations mientras atendía la
impugnación presentada por Gothams.

La paralización fue una consecuencia judicial de la impugnación, pero
no constituyó una determinación sobre los méritos de las alegaciones
contra Power Expectations.

Julio de 2025
Primer proceso queda atrás y se abre otra licitación

El Gobierno deja atrás el primer proceso de adquisición de generación
temporera e inicia una nueva licitación.

El Tribunal de Apelaciones posteriormente desestima por academicidad
la impugnación de Gothams. El tribunal no adjudica en sus méritos los
cuestionamientos que el competidor había presentado contra Power
Expectations y el proceso de selección.

La impugnación terminó porque el primer proceso había sido sustituido,
no porque un tribunal determinara que las alegaciones de Gothams
carecían de fundamento.

Agosto de 2025
3PPO documenta preocupaciones sobre Power Expectations

Ya dentro del nuevo proceso, análisis de la propia 3PPO documentan
preocupaciones sobre la capacidad organizacional y financiera de
Power Expectations para asumir un proyecto de la magnitud propuesta.

Según documentos posteriormente citados por la Junta de Supervisión
Fiscal, Power Expectations y Reyes Contractor no demostraban por sí
solas experiencia previa en proyectos eléctricos de escala y
complejidad comparables.

Enchanted Rock aportaría la capacidad técnica, operacional y financiera
necesaria para que el consorcio cualificara, según la Junta.

Noviembre de 2025
ERock dice que rechaza participar

Según una comunicación que ERock enviaría posteriormente, Enchanted Rock
informó a Power Expectations desde noviembre de 2025 que no podía firmar
el acuerdo para el proyecto.

Esta fecha coloca el alegado rechazo de Enchanted Rock meses antes de
la ejecución del contrato.

Enero de 2026
ERock dice que reitera su posición

Según ERock, volvió a comunicar a Power Expectations que no participaría
en el proyecto.

3 de junio de 2026
Power Expectations vuelve a pedir una firma

Según la carta de ERock, Power Expectations le envía una versión del
contrato y solicita que sea firmada. En esa versión, Corey Amthor
figuraba como la persona que firmaría por Enchanted Rock.

4 de junio de 2026
ERock vuelve a rechazar el proyecto

ERock sostiene que respondió que ya había comunicado que no participaría
y señaló que ni siquiera había visto previamente el borrador del acuerdo
que se le solicitaba firmar en un término de 24 a 48 horas.

5 de junio de 2026
“No tenemos intención de participar”

El abogado general de ERock reitera por escrito que la empresa no tenía
intención de participar en el proyecto de generación temporera de
400 MW en Aguirre.

Días después, el contrato aparece ejecutado con Enchanted Rock como
parte del acuerdo.

10 de junio de 2026
Se ejecuta el contrato

Se ejecuta el contrato de diez años para instalar 400 MW de generación
temporera en Aguirre, con un valor máximo potencial de aproximadamente
$5,887 millones.

En el documento ejecutado aparece Jhoby Weaks firmando por Enchanted Rock
como “COO-Caribbean Operations”, en lugar de Corey Amthor.

ERock sostiene que Weaks no era empleado suyo, que ese puesto no existía
en la compañía y que no autorizó la firma.

Alrededor del 12 de junio de 2026
Surge la sustitución por Flotek

Según documentos citados por la Junta, Enchanted Rock habría comunicado
que no continuaría en el proyecto. El acuerdo para transferir su
participación a Flotek Industries lleva fecha del 12 de junio.

La Junta cuestionaría posteriormente cómo pudo identificarse, negociarse
y documentarse un sustituto para una obligación de diez años y casi
$5,900 millones en ese periodo.

16 de junio de 2026
ERock conoce del contrato y denuncia posibles irregularidades

Según ERock, su abogado general conoce que Enchanted Rock aparece como
firmante del contrato y comunica las alegaciones a la Autoridad para
las Alianzas Público-Privadas.

La comunicación plantea posible conducta impropia y posible conducta
criminal. Ese mismo día el asunto es referido a Osvaldo Carlo Linares,
presidente de la 3PPO, para investigación.

17 de junio de 2026
ERock detalla sus acusaciones por escrito

ERock envía una carta que contiene alegaciones de falsificación,
fraude y uso no autorizado de su nombre y firma.

También relata una comunicación en la que se habría amenazado con una
reclamación de $10,000 millones si no firmaba antes de su salida a bolsa.

Según ERock, el abogado cuyo membrete aparecía en esa comunicación
posteriormente negó haber representado a Power Expectations, redactado
la carta o autorizado el uso de su membrete.

La Junta revelaría en agosto que esta carta del 17 de junio no había
sido incluida por la AAPP ni la 3PPO en respuestas anteriores a sus
requerimientos de información.

9 de julio de 2026
Solicitan formalmente cambiar a Enchanted Rock

Power Expectations solicita a la AEE consentimiento para sustituir
a Enchanted Rock por Flotek Industries.

16-17 de julio de 2026
Junta y AEE piden información

La Junta solicita información sobre cambios en las partes contratantes,
la fianza y el cumplimiento de los hitos. La AEE señala que todavía
no cuenta con el expediente completo requerido para consentir la cesión.

30 de julio de 2026
3PPO recomienda aprobar a Flotek

La 3PPO recomienda a la AEE aprobar la sustitución de Enchanted Rock
por Flotek.

Para entonces, la AAPP y la 3PPO conocían desde hacía más de seis semanas
las alegaciones de ERock. Según la Junta, la recomendación no reveló
esas alegaciones a la AEE.

31 de julio de 2026
AEE autoriza la sustitución

La AEE consiente al cambio de Enchanted Rock por Flotek.

La directora ejecutiva de la AEE informaría posteriormente que la
corporación pública desconocía entonces las alegaciones de ERock.

5 de agosto de 2026
Sin fianza, hitos ni progreso

La 3PPO informa a la Junta que no se había entregado la fianza de
cumplimiento de aproximadamente $1,180 millones, que los hitos
contractuales estaban incumplidos y que no había ocurrido progreso.

También informa sobre la entrada de Flotek. Según la Junta, no revela
en esa comunicación las alegaciones de ERock ni la investigación.

7 de agosto de 2026
AEE y Junta conocen las alegaciones

La AEE sostiene que se entera de las alegaciones a raíz de una solicitud
de información de un programa de televisión.

La Junta dice que también conoce el asunto mediante una consulta
periodística y posteriormente obtiene confirmación de ERock.

9 de agosto de 2026
Gobierno admite investigación desde junio

El zar de Energía, Josué Colón, confirma públicamente que las alegaciones
estaban bajo investigación desde mediados de junio. Osvaldo Carlo
defiende que los documentos evaluados acreditaban la autoridad del
firmante.

13 de agosto de 2026
Caso es referido a autoridades

Se hace público que asuntos relacionados con la controversia fueron
referidos al Departamento de Justicia de Puerto Rico y a autoridades
federales.

14 de agosto de 2026
Junta revoca su aprobación

La Junta de Supervisión Fiscal revoca la aprobación que había concedido
al contrato y ordena a la AEE proceder con su terminación.

La determinación ocurre en medio de los cuestionamientos sobre la
participación de Enchanted Rock, la posterior sustitución por Flotek
y el incumplimiento de obligaciones contractuales.

17 de agosto de 2026
Junta traza 17 áreas de investigación

Una nueva carta de la Junta detalla 17 áreas de preguntas todavía sin
respuesta.

Incluyen la identidad y autoridad de Jhoby Weaks, el manejo de las
alegaciones, la sustitución por Flotek, la falta de información a la
AEE y a la Junta y la identidad y compensación de cabilderos,
consultores, abogados e intermediarios vinculados al contrato.

18 de agosto de 2026
Sale a la luz la carta de ERock del 17 de junio

La Junta informa que recibió una carta de ERock fechada el 17 de junio
que, según señala, no había sido incluida por la AAPP ni la 3PPO en
respuestas anteriores a sus solicitudes de información.

La carta documenta la versión de ERock de que había rechazado participar
antes de la firma y contiene alegaciones de falsificación, fraude,
una amenaza de reclamación de $10,000 millones y uso no autorizado
del membrete de un abogado.

18 de agosto de 2026
AEE termina el contrato

La AEE notifica a Power Expectations la terminación inmediata del
contrato.

Además de la revocación de la aprobación de la Junta, la corporación
pública invoca el incumplimiento con la fianza de cumplimiento de
aproximadamente $1,180 millones.

18 de agosto de 2026
Carlo cuestiona la cancelación por debido proceso

Osvaldo Carlo Linares envía una comunicación a la Junta en la que
transmite cuestionamientos de Power Expectations sobre la decisión
de retirar la aprobación del contrato antes de que culminaran las
investigaciones relacionadas con las alegaciones de ERock.

Según lo reportado sobre la comunicación, Carlo plantea que Power
Expectations no había tenido oportunidad de responder ante la Junta
a las acusaciones y cuestiona si el organismo fiscal se considera
exento de las garantías constitucionales de debido proceso.

También transmite señalamientos de Power Expectations sobre posibles
conflictos de interés relacionados con abogados y firmas vinculadas
a participantes del proceso.

20 de agosto de 2026
Carlo acude al FBI y Fiscalía Federal

Osvaldo Carlo informa que sostuvo conversaciones con representantes
del FBI y de la Fiscalía Federal en relación con las controversias
que rodean el contrato.

Carlo asegura que fue él quien solicitó la reunión y anuncia que no
hará más expresiones por el momento.

La reunión, según Carlo, fue solicitada por él. Su realización no
establece por sí sola que sea objeto de una investigación federal.

20 de agosto de 2026
Senado cuestiona renovación de 3PPO

El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, cuestiona públicamente
la renovación del contrato relacionado con la 3PPO y plantea
interrogantes sobre su fecha en medio de la controversia de
Power Expectations.

20 de agosto de 2026
LUMA advierte sobre déficit de generación

La presidenta de LUMA, Janisse Quiñones, advierte que el sistema
continúa sin la reserva mínima necesaria durante las horas pico y que
la ausencia de nueva generación aumenta los retos operacionales.

20 de agosto de 2026
Negociado ordena recalcular necesidad de generación

El Negociado de Energía concede a LUMA diez días para actualizar cuánto
respaldo de generación temporera necesita Puerto Rico tras la cancelación
del contrato.

Los análisis de marzo de 2025 habían estimado un déficit de entre
700 y 850 MW, pero el regulador exige que cualquier nueva determinación
se base en las condiciones actuales del sistema.

El Negociado establece que LUMA no podrá considerar como disponible
capacidad asociada a contratos que no hayan completado todos los
trámites y aprobaciones requeridas.

20 de agosto de 2026
Junta a Carlo: no necesita probar fraude para cancelar

La Junta rechaza los planteamientos de Carlo y sostiene que su decisión
de retirar la aprobación del contrato no depende de determinar si hubo
fraude en la firma atribuida a Enchanted Rock.

El organismo argumenta que Power Expectations y Reyes Contractor no
habían demostrado por sí solas experiencia previa en proyectos
eléctricos de escala y complejidad comparables. Según la Junta,
Enchanted Rock aportó la capacidad técnica, operacional y financiera
necesaria para que el consorcio cualificara.

La Junta sostiene que, aun si se asumiera que Enchanted Rock firmó
válidamente el contrato y posteriormente decidió retirarse, el
resultado sería el mismo: el consorcio actual no es el que cualificó
ni el que recibió su aprobación.

También señala que Flotek Industries no participó en la licitación
original y que su incorporación al consorcio nunca fue sometida a
la Junta para evaluación y aprobación.

Como fundamento independiente, la Junta vuelve a señalar que Power
Expectations no presentó la fianza de cumplimiento de aproximadamente
$1,180 millones.

La Junta concluye que no necesita esperar por el resultado de una
investigación criminal o de cualquier otra pesquisa para sostener
la terminación del contrato.

Fuentes: documentos y cartas de la Junta de Supervisión Fiscal, ERock,
Negociado de Energía, AEE y AAPP; expedientes judiciales relacionados
con las impugnaciones de Javelin y Gothams; declaraciones públicas y
cobertura periodística de Metro Puerto Rico. Actualizado al 20 de agosto
de 2026.

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