Jueza da plazo para objetar interdicto permanente a favor de exmiembros de la Junta Fiscal
La orden surge luego de que el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito devolviera el caso al Tribunal Federal de Puerto Rico.
Por Metro Puerto Rico
La jueza federal María Antongiorgi-Jordán ordenó este martes a los demandados en el pleito de tres exmiembros de la Junta de Control Fiscal despedidos por el presidente Donald Trump que expliquen por qué el interdicto preliminar concedido en el caso no debe convertirse en permanente.
En una orden emitida este 18 de agosto, Antongiorgi-Jordán concedió hasta el 31 de agosto de 2026 para que los demandados muestren causa por la cual la protección judicial que había concedido previamente a Arthur J. González, Andrew G. Biggs y Betty A. Rosa no debe adquirir carácter permanente.
La nueva orden surge después de que el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito devolviera el caso al Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, según indica el expediente judicial.
“En vista de [la sentencia] que devuelve este asunto al Tribunal de Distrito, se ordena a los demandados mostrar causa antes del 31 de agosto de 2026 por la cual el interdicto preliminar [...] no debe convertirse en un interdicto permanente”, establece la orden judicial.
La determinación representa un nuevo paso en el litigio iniciado en septiembre de 2025 por González, Biggs y Rosa para impugnar la decisión de Trump de removerlos de sus posiciones en el organismo creado bajo la Ley PROMESA.
De una protección provisional a una permanente
Un interdicto preliminar constituye un remedio judicial que busca mantener determinadas condiciones mientras se resuelve un litigio. La nueva orden coloca ahora ante los demandados la obligación de argumentar por qué ese remedio no debe convertirse en permanente.
La jueza había concedido previamente el interdicto preliminar mediante una opinión y orden. La nueva determinación hace referencia a la sentencia del Primer Circuito devolviendo el asunto al tribunal de instancia.
González, Biggs y Rosa demandaron en septiembre de 2025 a Trump; al entonces director de la Oficina de Personal de la Casa Blanca, Sergio Gor; al miembro de la Junta John E. Nixon; y al director ejecutivo del organismo, Robert F. Mujica.
El reclamo surgió después de que la Casa Blanca notificara a los integrantes de la Junta sobre sus destituciones mediante correos electrónicos enviados en agosto de 2025.
Los demandantes sostuvieron que las remociones violaron PROMESA, que establece que el presidente puede remover a un miembro de la Junta “solo por causa”. También alegaron violaciones al debido proceso de ley y a la separación de poderes. La demanda pidió que las destituciones fueran declaradas ilegales y que los tres fueran tratados como miembros de la Junta.
El pleito también planteó una controversia constitucional más amplia sobre los poderes presidenciales respecto a la Junta. Los demandantes argumentaron que el presidente no podía invocar su autoridad bajo el Artículo II de la Constitución para removerlos discrecionalmente, debido a que el Tribunal Supremo de Estados Unidos determinó en Aurelius Investment v. Financial Oversight and Management Board que la Junta forma parte del gobierno territorial de Puerto Rico.


