Salud establece exención temporera para facilitar importación de agua embotellada y hielo

La medida tendrá una vigencia inicial de 60 días

Por Metro Puerto Rico

14 ago, 3:20 pm 2 min de lectura
Salud establece exención temporera para facilitar importación de agua embotellada y hielo
El secretario del Departamento de Salud (DS), Víctor M. Ramos Otero

Ante la reducción en las lluvias y los bajos niveles registrados en los principales embalses de Puerto Rico, el secretario del Departamento de Salud (DS), Víctor M. Ramos Otero, anunció la entrada en vigor de la Orden Administrativa Núm. 2026-646, que establece una exención temporera para facilitar la importación y distribución de agua embotellada y hielo destinados al consumo humano.

La autorización tendrá una vigencia inicial de 60 días, salvo que sea extendida o revocada por el Departamento de Salud.

“La prioridad del Departamento de Salud es proteger la salud de nuestra población y, al mismo tiempo, contribuir a que Puerto Rico tenga acceso suficiente a agua potable durante esta emergencia. Esta orden nos permite agilizar la disponibilidad de estos productos, pero deja claramente establecido que la seguridad sanitaria no es negociable”, afirmó Ramos Otero.

La medida permite la importación y distribución en Puerto Rico de agua embotellada y hielo para consumo humano, siempre que los productos cumplan con las disposiciones sanitarias aplicables.

Entre los requisitos establecidos se encuentran:

El agua importada deberá cumplir con las exigencias sanitarias federales aplicables y con las normas locales correspondientes a la jurisdicción donde sea procesada y embotellada.

Los importadores deberán mantener disponible para inspección del Departamento de Salud la evidencia sobre el origen y cumplimiento sanitario de los productos.El hielo deberá provenir de una fuente de agua aprobada para consumo humano y cumplir con los estándares sanitarios aplicables.

El agua y el hielo deberán ser transportados, almacenados y distribuidos bajo condiciones que garanticen su calidad e inocuidad.

“El mensaje es claro: estamos facilitando el acceso, no eliminando los controles. Todo producto que llegue a Puerto Rico para consumo humano tiene que cumplir con los requisitos sanitarios establecidos. El Departamento mantendrá sus facultades de inspección y podrá retirar o detener cualquier producto que represente un riesgo para la salud pública”, enfatizó Ramos Otero.

La Orden Administrativa Núm. 2026-646 fue firmada por el secretario de Salud, Dr. Víctor M. Ramos Otero, MD, MBA, el 10 de agosto de 2026, en San Juan, Puerto Rico.