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title: "Comisión senatorial recomienda aprobar reforma judicial pese a objeciones del Poder Judicial"
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author: "Metro Puerto Rico"
published: "2026-06-09T07:00:00.000Z"
updated: "2026-06-09T19:08:29.686Z"
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publisher: "Metro Puerto Rico"
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# Comisión senatorial recomienda aprobar reforma judicial pese a objeciones del Poder Judicial

_El informe positivo concluye que la Legislatura puede reorganizar los tribunales y acoge argumentos respaldados por Justicia y otros deponentes, mientras la Rama Judicial advierte que la medida afectaría la eficiencia administrativa._

Por Metro Puerto Rico · Noticias / Locales · 2026-06-09T07:00:00.000Z

La Comisión de lo Jurídico del Senado recomendó la aprobación del Proyecto del Senado 1096, una medida impulsada por el presidente senatorial Thomas Rivera Schatz que propone sustituir la actual Ley de la Judicatura de 2003 por una nueva Ley del Poder Judicial de Puerto Rico y redefinir la administración de los tribunales.

El informe positivo, rendido el pasado 5 de junio, concluye que la Asamblea Legislativa posee facultades constitucionales amplias para organizar los tribunales y determinar su estructura administrativa, siempre que no se altere el principio de unidad jurisdiccional establecido por la Constitución de Puerto Rico.

La medida ha provocado un intenso debate entre el Senado y la Rama Judicial debido a que propone una redistribución de facultades administrativas entre el Tribunal Supremo y la figura del juez o jueza presidenta.

Según la comisión, la Constitución establece una “doble delegación de poderes” dentro del Poder Judicial. Bajo esa interpretación, corresponde al Tribunal Supremo, como cuerpo colegiado, adoptar las reglas para la administración de los tribunales, mientras que al juez o jueza presidenta le corresponde dirigir la ejecución de esas normas y administrar las operaciones diarias del sistema judicial.

La comisión acogió esa interpretación y sostuvo que la Asamblea Legislativa tiene autoridad para revisar la estructura administrativa vigente y armonizarla con lo que considera fue la intención de los constituyentes.

Sin embargo, la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) se opuso a la medida y defendió el modelo actual de administración centralizada en la figura de la jueza presidenta. La OAT argumentó que el concepto de coadministración promovido por el proyecto carece de fundamento constitucional y advirtió que podría fragmentar la toma de decisiones y afectar la eficiencia operacional de la Rama Judicial.

La jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maite Oronoz Rodríguez, también expresó reservas sobre la propuesta. Sostuvo que un esquema de coadministración podría afectar la rapidez y flexibilidad necesarias para atender asuntos administrativos y operacionales del sistema judicial.

Durante el proceso legislativo, la medida recibió el respaldo del Departamento de Justicia, que defendió la facultad constitucional de la Asamblea Legislativa para reorganizar los tribunales. Asimismo, la comisión destacó expresiones de la Asociación de Empleados Gerenciales de la Rama Judicial, que planteó preocupaciones sobre la falta de transparencia y la excesiva discrecionalidad en algunos procesos administrativos relacionados con personal, ascensos y traslados. Según el informe, la organización favoreció una participación más activa del Tribunal Supremo en la dirección administrativa de la Rama Judicial para promover mayor transparencia y rendición de cuentas.

Por su parte, el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico se opuso a la medida. Aunque reconoció que el Tribunal Supremo posee amplias facultades reglamentarias sobre la administración de los tribunales, sostuvo que la controversia principal gira en torno a interpretaciones distintas sobre el alcance de esas facultades y el balance institucional dentro de la Rama Judicial.

La versión original del proyecto incluía la creación de un Patronato del Poder Judicial con facultad para recibir donativos privados y administrar fondos destinados a proyectos de infraestructura judicial, así como un crédito contributivo para incentivar esas aportaciones. No obstante, la Comisión de lo Jurídico eliminó esas disposiciones del entirillado que acompaña el informe positivo tras acoger preocupaciones expresadas durante las vistas públicas sobre posibles conflictos de interés y la percepción de independencia judicial.

“La Comisión reconoce la importancia de preservar no solo la independencia judicial en su dimensión sustantiva, sino también la confianza pública en la integridad, neutralidad y transparencia de la Rama Judicial”, señala el informe.

Además de los cambios administrativos, la medida dispone la eliminación gradual de la categoría de jueces municipales. Los jueces actualmente en funciones mantendrían sus cargos hasta que concluyan sus términos, pero las plazas se convertirían progresivamente en puestos de jueces del Tribunal de Primera Instancia conforme venzan los nombramientos, ocurran renuncias o se produzcan vacantes.

La comisión también incorporó disposiciones relacionadas con el Negociado de Traducciones del Tribunal Supremo y modificaciones a la Ley Notarial para transferir ciertas facultades que actualmente recaen sobre la jueza presidenta al Tribunal Supremo como cuerpo colegiado.

Tras recibir el informe positivo, el Proyecto del Senado 1096 fue referido a la Comisión de Reglas y Calendario, paso previo a una eventual consideración por el pleno del Senado.

### Aquí puedes ver una entrevista Punto por Punto con la jueza presidenta sobre el tema:

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