El Senado de Puerto Rico podría aprobar este martes, 14 de octubre, el Proyecto del Senado 63 (PS 63), una medida que —según expertos, periodistas y organizaciones cívicas— representa un retroceso para el derecho constitucional de acceso a la información pública.
El proyecto, presentado por el presidente senatorial Thomas Rivera Schatz, propone enmendar varios artículos de la Ley 141-2019 de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública, la principal herramienta legal que rige la divulgación de documentos del Gobierno. La medida se encuentra en calendario de votación sin vistas públicas ni discusión abierta.
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Más tiempo y menos acceso
Según el texto radicado, las agencias tendrían 20 días laborables para responder solicitudes a nivel central y 30 días en oficinas regionales, con la posibilidad de una prórroga adicional de 20 días. En la práctica, el proceso podría extenderse hasta cerca de 40 días hábiles, el doble de lo que permite hoy la ley en la mayoría de los casos.
El PS 63 también elimina la obligación de entregar la información “en el formato solicitado” por el ciudadano, lo que restringe la entrega en formatos reutilizables como hojas de cálculo. Además, requiere que cada petición se notifique al jefe de agencia, al presidente de la rama correspondiente y al oficial de información, requisito que expertos consideran una traba burocrática innecesaria.
La medida incluye una multa máxima de 100 dólares diarios, hasta un tope de 18 mil, para agencias que incumplan una orden judicial de entrega de información, aunque organizaciones civiles advierten que la sanción sería simbólica frente al costo que implica litigar.
Denuncian un golpe a la transparencia
“El PS 63 atenta contra la transparencia, la participación ciudadana y la prensa”, expresó el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) en un comunicado. La entidad advirtió que la medida minimiza el reconocimiento del acceso a la información como un derecho constitucional e introduce procesos que podrían desalentar la fiscalización ciudadana.
“El acceso a la información pública es la pieza clave para la participación ciudadana, porque con datos podemos tomar decisiones mejor informadas”, indicó el CPI.
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Una ley que ya muestra deficiencias
De acuerdo con la Clínica de Asistencia Legal de la Universidad Interamericana, que maneja el Proyecto de Acceso a la Información, las agencias ya presentan demoras significativas en sus respuestas y gran parte de las solicitudes no reciben contestación formal. El análisis también apunta a un aumento en la contratación de abogados externos para defender los casos de acceso a documentos, lo que encarece y retrasa los procesos.
De acuerdo con un informe del Centro de Periodismo Investigativo (CPI) sobre el estado de la transparencia en Puerto Rico, la implementación de la Ley 141 ha sido “deficiente e inconsistente”, con agencias y municipios que en muchos casos incumplen sus propias obligaciones básicas de divulgación. El estudio encontró que apenas una cuarta parte de las agencias designó a su oficial de información dentro del plazo requerido, y que más de dos tercios de los municipios lo hicieron solo tras recibir solicitudes formales de datos. Un análisis posterior publicado por el semanario Claridad reveló además que solo el 26 % de las agencias ha rendido al menos un informe estadístico mensual sobre solicitudes de información, y apenas el 18 % los publica en sus páginas web, mientras ningún municipio ha cumplido con ese deber de transparencia.
Un derecho conquistado en los tribunales
El abogado constitucionalista Luis José Torres Asencio recordó que el acceso a la información fue reconocido por el Tribunal Supremo tras el caso del Cerro Maravilla, cuando el Gobierno intentó ocultar expedientes sobre el asesinato de dos jóvenes independentistas en 1978.
“El acceso a la información, más que un fin en sí mismo, es un vehículo para evitar grandes injusticias, revelar descubrimientos y exigir reparaciones”, señaló Torres Asencio, al advertir que limitar este derecho “erosiona décadas de avances en transparencia pública”.
De aprobarse, el PS 63 modificaría los artículos 5 al 9 de la Ley 141 y añadiría un nuevo artículo sobre penalidades, con vigencia inmediata.