La delegación del Partido Popular Democrático (PPD) en el Senado anunció la radicación de legislación dirigida a detener el cobro de 300 dólares que LUMA Energy impone a los clientes con sistemas de placas solares que no cumplen con el proceso expedito de interconexión.
El portavoz de la delegación, Luis Javier Hernández Ortiz, expresó que desde el 14 de agosto el grupo había manifestado oposición a la tarifa. Señaló que el Programa de Medición Neta fue creado para facilitar la conexión de los sistemas solares a la red eléctrica y garantizar a las familias y negocios acceso continuo a la energía.
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“Este Programa es el que permite que las familias y los negocios puertorriqueños puedan ahorrar en sus facturas eléctricas al acreditar a estos la energía limpia que generan con sus sistemas solares y que exportan a la red a través de fuentes renovables, como paneles solares”, sostuvo.
La senadora Marially González Huertas resaltó que el Programa de Medición Neta ha sido un incentivo clave para la expansión de la energía solar en Puerto Rico.
“De acuerdo con datos del propio consorcio LUMA entre el periodo más reciente de abril a junio de 2025, se registraron más de 3,500 activaciones mensuales de generación distribuida. Esta es la mejor evidencia de que el sistema es altamente llamativo para los consumidores”, afirmó.
Los legisladores detallaron que actualmente existen alrededor de 170,000 clientes conectados a placas solares, de los cuales aproximadamente 165,000 corresponden a residencias, 4,500 a comercios y 60 a la industria. Según la información solicitada por la delegación al consorcio, LUMA justifica el cobro de 300 dólares en los casos en que se requiere un estudio suplementario por superar el 15 % de penetración de energía solar en un alimentador.
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El senador Josian Santiago Rivera cuestionó que los mismos estudios se realicen bajo parámetros que, según dijo, han sido superados.
“Ese llamado estudio se le tiene que hacer a los clientes cuyo sistema se encuentra en un alimentador con una penetración de energía solar superior al 15%. El problema es que este umbral del 15% ya no es normalmente utilizado por las utilidades ni la industria, pero aún se mantiene en el Reglamento 8915”, planteó.
Los senadores argumentaron que la base legal utilizada por LUMA responde a un reglamento aprobado en 2017, antes de la aprobación de la Ley 17-2019, que estableció la interconexión automática de sistemas solares de hasta 25 kilovatios. Hernández Ortiz sostuvo que la falta de un nuevo reglamento se debe al incumplimiento de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) con lo dispuesto en la ley, lo que ha provocado que el Negociado de Energía mantenga un proceso pendiente sin resultados.
La delegación popular presentó una resolución para exigir al Negociado de Energía que ordene a LUMA Energy detener los cargos por los estudios complementarios en los sistemas interconectados de hasta 25 kilovatios. González Huertas señaló que el Gobierno debe proteger a los consumidores.
“Muchos de estos han invertido en un sistema de placas solares para tener energía constante para equipos médicos o para dar una mejor calidad de vida a los adultos mayores. Es un contrasentido que el consorcio LUMA Energy de forma arbitraria pretenda cobrarle 300 dólares a los clientes con placas solares”, expresó.
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