La entrega por parte del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) de la lista de licencias de conducir solicitadas por inmigrantes, a la división de Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI) desató custionamientos sobre cómo el gobierno local hubiera reaccionado a la solicitud. El gobierno insistió en que estaban obligados a cumplir, pero expertos legales aseguraron que existían caminos alternos.
¿Qué es exactamente un subpoena de una agencia federal y en qué se diferencia de uno emitido por un tribunal?
Conforme al abogado Rolando Emmanuelli Jiménez, una subpoena es “un poder que tiene la agencia a base de la delegación que da la ley. Los tribunales y las agencias pueden actuar en auto propio… para que las partes o personas que son objeto de su jurisdicción sometan información o comparezcan a prestar testimonio bajo juramento, aclarar investigaciones o asuntos de política pública”.
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Sin embargo, aclaró que recibir una subpoena no implica automáticamente que se deba cumplir sin cuestionamiento, ya que “se puede comparecer y cuestionar la solicitud” con múltiples fundamentos legales.
De hecho, el secretario de Asuntos Públicos de La Fortaleza, Hiram Torres Montalvo afirmó en entrevista en Entérate con Milly Méndez, que “no existe una diferencia entre lo que es un subpoena emitido por un tribunal y lo que es un subpoena emitido por una agencia gubernamental”, y para efectos de la solicitud de ICE, “tienen la misma fuerza de ley”.
Sin embargo, Emmanuelli Jiménez detalló que “las agencias por delegación de la ley orgánica pueden requerir que las partes o las personas (...) sometan información o comparezcan a prestar testimonio bajo juramento”, dijo.
En cambio, un tribunal solo puede emitir una orden de este tipo si una parte se lo solicita dentro de un procedimiento legal con jurisdicción válida.
Por su parte, la la abogada en derechos humanos Ariadna Godreau Aubert, indicó que “Lo primero es que un subpoena no es otra cosa que un documento o un mandato (...) En el caso de aquel que está emitido por la agencia, lo primero es saber que la agencia puede estar facultada a través de legislación para emitirlas. En el caso de ICE, por ejemplo, tiene una provisión en la legislación federal que le permite emitirlas”.
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Mientras, explicó que el poder que tienen las agencias para emitir el documento en diferencia del poder de los tribunales, está “mucho más restricto y limitado”.
¿Podía Puerto Rico negarse a entregar la lista de licencias a ICE?
Torres Montalvo, además, indicó que el proceso es uno confidencial y, de no haberse cumplido o haberse cuestionado, Puerto Rico podría haber enfrentado acciones similares en otras jurisdicciones han resultado en “la pérdida de fondos federales y otra serie de sanciones”. Esta interpretación fue refutada por Godreau Aubert.
Godreau Aubert aclaró que un subpoena administrativo, como el que emitió ICE, “está firmado por un oficial examinador o por un agente de ICE… no está firmado por un tribunal, y esto es bien importante”.
Añadió que “ICE no puede obligar al silencio o a la confidencialidad de este tipo de mandato, porque es uno administrativo y ninguna agencia te puede mandar a ti a no divulgar. Eso lo puede hacer solamente el tribunal”.
Mientras, Emmanuelli Jiménez indicó que, al tratarse de una “una agencia de persecución del crimen, normalmente esos procedimientos son confidenciales”.
Ambos expertos coincidieron en que el gobierno podría haber cuestionado la solicitud a través de una vista explicativa en un tribunal. Pero, “se quedaron cruzados de brazos”.
“Los tribunales han dicho que los estados no están obligados a cooperar con el gobierno federal en sus investigaciones”, sostuvo Godreau.
Añadió, ademas, que una solicitud como la de ICE, dirigida a obtener todas las licencias de inmigrantes, “es demasiado de muy amplia y no se justifica como una investigación atada al cumplimiento… ni al caso de una persona específica”.
No obstante, tan pronto DTOP entregó la lista, la orden se convirtió “válida”.
“Una vez el subpoena es válido, si meramente no se cuestionó, como aparentemente ocurrió en este caso, pues ya la orden es final, firme, y es pena de sacato civil, en donde la persona, hasta que no entregue la información, podría estar presa”, declaró el abogado.
Emmanuelli Jiménez expresó que, si la orden solicitaba la lista de forma inmediata, pues de la misma forma se hubiera solicitado a un abogado y así celebrar una vista de cuestionamiento.
“Si tú te quedas cruzado de brazos, pues obviamente tienes que cumplir eventualmente con todo”, concluyó.
Según la gobernadora Jenniffer González, la entrega de datos realizada por el DTOP fue el 29 de enero, y respondió a un requerimiento de HSI emitido el 26 de enero.