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Aprueban proyecto para poner en la planilla gastos veterinarios

Para poder reclamar crédito de $500 se tendría que incurrir en gastos de $1,500 o más

Imagen referencial de un médico veterinario
(Pexels)

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La Cámara de Representantes aprobó en sesión ordinaria el Proyecto de la Cámara 1409 de la autoría del representante Ángel Matos García que propone un crédito contributivo por gastos de veterinario en el cuidado de mascotas domésticas.

La pieza legislativa propone crear una nueva sección en el Código de Rentas Internas para establecer un crédito contributivo de hasta $500 anuales por contribuyente.

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Asimismo, la medida define como mascotas domésticas el animal de compañía perteneciente a especies que crían y poseen tradicional y habitualmente los seres humanos, con el fin de vivir en domesticidad en el hogar, así como los de acompañamiento, conducción y ayuda (animales de servicio).

El crédito propuesto es de un máximo de $500 anuales “por gastos incurridos en el cuidado médico de su mascota doméstica en servicios médico veterinarios, evidenciado por facturas, recibos o cualquier otro método de pago evidenciable sobre los gastos médicos de las mascotas por contribuyente”.

El mismo podrá reclamarse cuando dichos gastos sean iguales o mayores a $1,500.

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) estimó el impacto fiscal de este proyecto entre $1.4 millones y $1.6 millones entre los años fiscales 2025 al 2029.

Aprueban medida que incluye tsunamis y sargazo excesivo como situaciones de emergencia

Por otro lado, se le dio paso al Proyecto del Senado 1214 que propone agregar los tsunamis y el sargazo excesivo como situaciones de emergencia con acceso a la cubierta del Fondo de Emergencia.

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El estatuto enmienda la Ley del Fondo de Emergencia, para añadir las mencionadas condiciones y “establecer la cubierta supletoria sobre obligaciones y cargos para atender emergencias ambientales cuando el Fondo de Emergencias Ambientales sea insuficiente o insolvente”.

De igual forma, la medida dispone que “el Fondo de Emergencia será aplicado a afrontar necesidades públicas inesperadas e imprevistas, causadas por calamidades, tales como guerras, huracanes, terremotos, tsunamis, sequías, inundaciones, plagas, sargazo excesivo, y con el fin de proteger las vidas y propiedades de la ciudadanía, y el crédito público”.

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