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Insisten en desestimación de cargos contra Mariana Nogales

Como parte de los argumentos de la defensa de la representante puntualizaron que la Rama Ejecutiva no tiene autoridad para imponer sanciones penales.

Vista en alzada del PFEi en contra de la representante Mariana Nogales
Vista en alzada del PFEi en contra de la representante Mariana Nogales Vista en alzada del PFEi en contra de la representante Mariana Nogales por varios cargos éticos. Tribunal de San Juan. Metro PR 21 de diciembre de 2023 (Dennis A. Jones)

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El Tribunal de Primera Instancia de San Juan llevó a cabo una vista argumentativa sobre el caso contra la representante por acumulación del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Mariana Nogales Molinelli, quien enfrenta cargos por perjurio y falsedad ideolóigca. Estos son los únicos dos cargos que sobrevivieron en el caso que lleva a cabo la Oficina del Panel sobre Fiscal Especial Independiente (OPFEI) en su contra.

En la vista se presentó la moción de desestimación de la defensa, la cual estuvo limitada argumentos sobre los Artículos 5.6 y 5.10 de la Ley de Ética, así como cualquier jurisprudencia aplicable.

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Como parte de los argumentos de la defensa de Nogales Molinelli puntualizaron que la asamblea legislativa no tiene autoridad para imponer sanciones penales.

No obstante, el ministerio público responde que esta teoría de “ser cierta implicaría que la doctrina de separación de poderes le concedió inmunidad a los legisladores para no ser procesados criminalmente”.

Por su parte, la defensa expuso que la Oficina del Fiscal Especial Independiente (FEI) tiene un impedimento en pasar juicio sobre los informes financieros de los legisladores, dado a la separación de poderes de las ramas.

”Actuaciones que tengan que ver con omisiones en el informe de Ética, a quien le corresponde determinar primero, si se pueden enmendar y segundo si proceden sanciones es a la Cámara de Representantes -como es aplicable en este caso-, sin que la Rama Ejecutiva tenga una facultad para pasar juicio en el particular”, detalló el abogado de la representante, el Lcdo. José Andreu Fuentes.

Asimismo, Andreu Fuentes sostuvo que el FEI al ser parte de la Rama Ejecutiva no tiene la facultad de imponer sanciones penales, conforme a la Ley de Ética.

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“La Rama Ejecutiva está imponiendo su propio criterio en un informe financiero que ya fue permitida su enmienda y fue impuesta la sanción de un legislador particular. La Rama Ejecutiva no tiene la facultad ni jurisdicción, conforme a esta Ley, a pasar juicio sobre los informes financieros de un legislador”, expuso la defensa.

Además, subrayó que ya se pasó juicio sobre las omisiones del informe de la representante, se enmendó el documento y se permitió su rectificación.

”La Cámara de Representantes ya le impuso una penalidad por la omisión, imputada en este caso como perjurio y falsedad ideológica. Le puso una sanción doble, tanto monetaria como reprimenda pública a la legisladora, conforme al reglamento de la Cámara de Representantes en relación a omisiones o irregularidades en los informes financieros de los representantes”, argumentó.

Asimismo, agregó que una vez se presentan los informes en la Oficina de Ética Gubernamental “no son documentos finales, sino que son preliminares”.

Por otro lado, el Ministerio Público estableció que la separación de poderes “no se puede utilizar para proteger actos ilegales y delictivos”.

“El propósito no es para que los legisladores se cobijen detrás de esta protección y delinquir y protegerse. Y, que las ramas que están llamadas a procesar estos casos, no puedan intervenir”, sostuvo la fiscal, la Lcda. Zulma Fúster Troche.

El caso continuará el próximo 5, 6 y 7 de marzo para celebrar la vista preliminar.

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