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Gobernador presenta medidas para eliminar discreción judicial para grillete en algunos casos de violencia de género

El gobernador presentó dos proyectos de administración relacionados a la violencia de género

Pedro Pierluisi.
Pedro Pierluisi. Pedro Pierluisi.

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El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, presentó dos medidas legislativas con las cuales busca enmendar los estatutos vigentes en casos de violencia de género.

El primer mandatario presentó el Proyecto de Administración 104, que busca crear la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. La medida enmienda varios artículos de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, y la Ley 99-2009, según enmendada, conocida como Ley para Crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención de Violencia Doméstica.

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La misma busca establecer que el tribunal no tendrá discreción para imponer el grillete electrónico en los casos relacionados con libertad bajo fianza (a la espera de juicio) en casos de maltrato, maltrato agravado, maltrato mediante restricción a la libertad y agresión sexual conyugal.

Además, se recoge en este proyecto de ley la más reciente orden del Poder Judicial a los efectos de que las vistas en alzada- en casos de violencia doméstica - sean pautadas para una fecha que no excederá de tres días laborables y se establece la obligatoriedad para que el Programa de Servicio con Antelación al Juicio (PSAJ) establezca con claridad las zonas de exclusión en su informe, que son los lugares a los que no se puede acercar la persona a quien se le restringe su libertad de movimiento por encontrarse bajo supervisión electrónica.

Del mismo modo, el gobernador presentó el Proyecto de Administración 105 para crear la Ley para la Integración Tecnológica entre el Poder Judicial y la Rama Ejecutiva para proteger a las víctimas de Violencia Doméstica en Puerto Rico

El propósito principal de la medida, que enmienda tres artículos de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, es que permite el diligenciamiento electrónico como método supletorio.

El proyecto establece que una vez una de la parte peticionada ha sido notificada personalmente de que existe una orden de protección exparte en su contra y que hay un señalamiento de vista o de que ha sido presentada una petición en su contra y hay señalada una vista para atenderla, será prueba suficiente del diligenciamiento una certificación electrónica de la gestión realizada afirmada por un alguacil o agente del orden público.

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Asimismo, se admitirá la certificación electrónica de diligenciamiento como prueba acreditativa suficiente de que la notificación personal establecida en la Ley en contra de una parte peticionada fue debidamente diligenciada.

Igualmente, ordena que una vez un juez determine extender una orden de protección, será suficiente la notificación por un alguacil o agente del orden público utilizando los medios electrónicos autorizados por virtud de Ley, eliminando así la obligación de llevar a cabo una notificación personal a la parte agresora.

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