El gobernador Pedro Pierluisi vetó varias medidas legislativas entre las que se encuentra la Resolución Conjunta del Senado 391 que pretendía asignar al Fondo de Asistencia de Emergencia Municipal $562 millones provenientes del Infrastructure Investment and Jobs Act.
La Fortaleza anunció que el primer ejecutivo le comunicado a los presidentes legislativos las razones para no dar paso a la legislación.
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“Esta pieza legislativa parece hacerles justicia a los municipios en Puerto Rico. Sin embargo, resulta impráctica e improcedente, como cuestión de derecho porque gran parte de los fondos, competitivos y de fórmula, ya han sido debidamente programados por el Gobierno de Puerto Rico de conformidad con las normas federales aplicables”, dijo el gobernador en declaraciones escritas.
El gobernador indicó que en el caso de los fondos asignados para proyectos relacionados con proyectos de la Autoridad de Carreteras y Transportación ya están en el programa federal conocido como Statewide Improvement Transportation Program. “Este documento ya fue aprobado y publicado por la Metropolitan Planning Organization en septiembre pasado. Por otro lado, la Federal Highway Administration es quien brinda los fondos a la ACT y es la entidad con autoridad para decidir cómo se va a distribuir. La ACT tiene que cumplir un Transportation Management Plan y si no se cumplen con las regulaciones federales, se ponen en riesgo todos los proyectos ya que la entidad federal podría imponer una penalidad que reduciría los fondos y hasta tener que pagar multas”, explicó el gobernador.
También fue vetado el Proyecto de la Cámara 1715, que enmendaba varias leyes para que el Estado transfiriera a los gobiernos municipales la responsabilidad de proveer los servicios de seguridad-protección e investigación. el gobernador indicó que la medida “adolece de errores de redacción que violan la normativa constitucional vigente”. Además, destacó que a pesar de que actualmente el Negociado de la Policía trabaja asuntos de seguridad pública en colaboración con los municipios, “resulta preocupante que los acuerdos de carácter voluntario que se pretenden incluir en la medida entre los municipios y el Gobierno sean para asumir los servicios de seguridad-protección e investigación que están delegados al Negociado de la Policía por ley. Aunque los deberes de los policías municipales son similares, existen diferencias en asuntos medulares. La facultad operacional del Negociado de la Policía se vería trastocada con la puesta en vigor de la presente legislación”.
A su vez, el gobernador indicó que la aprobación de la medida implicaría un impacto fiscal indeterminado para los municipios que voluntariamente asuman estas responsabilidades porque aún cuando el texto dispositivo indica que los pactos entre la policía estatal y municipal incluirán la transferencia de capital humano, la propiedad y los recursos fiscales proporcionalmente necesarios para el cabal cumplimiento de los acuerdos, puede haber un impacto fiscal a largo plazo para los ayuntamientos, posterior a las transferencias de recursos iniciales. Además, la pieza legislativa no contenía el estimado del impacto de gastos de nómina y adiestramientos que conlleva el reclutamiento de policías auxiliares y asumir responsabilidades nuevas ajenas a la jurisdicción y competencia actual de la policía municipal. Tampoco, asigna presupuesto ni presenta posibles fuentes de recursos que puedan sufragar el impacto.
Mientras tanto, el Proyecto de la Cámara 1078, igualmente vetado por el primer ejecutivo, pretendía enmendar la Ley para Mejorar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites para atemperar las definiciones de cannabis medicinal y las identificaciones de acompañante autorizado-paciente de cannabis medicinal e identificación ocupacional, entre otras enmiendas.
“Esta legislación no responde a los mejores intereses del Pueblo de Puerto Rico. En primer lugar, siendo la industria del cannabis medicinal una altamente regulada, entiendo que la evaluación y autorización de las licencias debe permanecer bajo la autoridad de la Junta Reglamentadora del Cannabis Medicinal, creada al amparo de la citada Ley 42. De esta forma, promovemos una política pública de transparencia en la toma de decisiones y evitamos la arbitrariedad que pudiera producir el lenguaje aprobado. Otra de las enmiendas propuestas eliminaría el actual mandato de la Asamblea Legislativa a los efectos de que la Junta tenga facultad de imponer -mediante reglamento- las prohibiciones aplicables a los médicos autorizados, en cuyo caso deben ser similares al marco jurídico federal entre los médicos autorizados y la industria farmacéutica. Esta es una sana doctrina de administración pública. Favorezco la política pública original que impone penas significativas a quien incumpla con las normas de la Junta”, destacó el primer ejecutivo al reafirmar que su política pública es proteger el programa de cannabis medicinal de intereses particulares sobre los intereses de los pacientes y que estos tengan una relación bona fide con su médico.