La Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (OPFEI) ordenó este jueves archivar la investigación contra el alcalde de Guayanilla, Raúl Rivera Rodríguez.
Según se informó, este caso se originó con una querella presentada por Mario Emmanuelli Rullán en la que formuló varias imputaciones contra el alcalde. Entre éstas, que el ejecutivo municipal dispone, sin permisos, de terrenos propiedad de Ia familia Emmanuelli Rullán. Asimismo, cuestionó la utilización del estacionamiento del Coliseo de Guayanilla por parte del Hotel Costa Bahía y Ia expansión del proyecto residencial Monte Claro, utilizando empleados y equipo municipal.
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Ademas, el querellante impugnó cierto proyecto de placas solares con fondos federales, el embreado de algunos caminos y accesos, así como Ia instalación de tanques para dar servicio a la comunidad. Igualmente, refutó Ia concesión de endosos municipales para el uso de terrenos por parte de El Taburete Bar and Grill.
Considerada Ia querella, así como la respuesta de Rivera Rodriguez, Ia UPAD concluyó que existía causa para ordenar una investigación. El Panel acogió Ia recomendación y designó al licenciadp Rafael Sánchez Hernández como abogado investigador para realizar Ia misma.
La investigación de Sánchez Hernández incluyó el examen ocular de aquellos lugares señalados por el querellante y entrevistó a varios testigos y al alcalde querellado, requiriendo, además, amplia documentación al municipio.
De los hallazgos del abogado investigador figuran que, en una querella similar ante la Oficina de Gerencia y Permisos, sobre el negocio El Taburete Bar and Grill, dicho organismo no encontró nada irregular.
En cuanto a las imputaciones respecto al Hotel Costa Bahía, el licenciado tampoco halló nada irregular, ni que el alcalde estuviera involucrado personalmente, en la contratación.
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“Según consta en los informes recibidos de la UPAD, el propio querellante indica que los terrenos, cuyo uso cuestiona, son propiedad de Luis Emmanuelli González, quien es el dueño del Hotel y Tuna Development”, precisó el informe.
El abogado investigador recomendó al Panel el archivo de esta querella. No obstante, puntualizo que tras el huracán Fiona el municipio llevó a cabo varios trabajos que no fueron cobrados. De igual forma, señaló que las boletas de servicio estaban incompletas, aunque dichas omisiones no alcanzan la categoría de negligencia inexcusable.
A base de los resultados de la investigación y recomendaciones del Sáchez Hernández, el 26 de junio de 2023, la UPAD emitió una Orden al alcalde disponiendo que debía enmendar las boletas u hojas de servicios prestados desde el 19 de septiembre de 2022, con motivo del huracán Fiona hasta el presente.
Ordenó, además, que en aquellas boletas en las que se hubiera hecho un cargo por el servicio prestado, debía incluirse el costo y la forma de pago. También ordenó el cobro por todo servicio brindado si no hubiera habido fundamento para su expendió gratuito.
“El alcalde cumplió con lo ordenado, mas examinada la documentación que entrego, la UPAD recomendó referir este asunto a la Oficina del Contralor”, expresa el Panel en su Resolución del 12 de octubre de 2023.
Finalmente, precisa dicha Resolución que, considerada la documentado examinada, dispone el archivo de este asunto y se refiere a la Oficina del Contralor para el examen y acción correspondiente, si alguna.