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Más personas serán elegibles para recibir el Seguro Social por incapacidad

Se añadieron nuevos padecimientos a la lista para recibir el Seguro Social por incapacidad

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Unos 12 padecimientos fueron añadidos al programa de ‘Aprobación por Compasión’ para recibir el beneficio de Seguro Social por incapacidad.

La comisionada interina del Seguro Social, Kilolo Kijakazi anunció que la Administración del Seguro Social añadió los doce nuevo padecimientos.

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“La Administración del Seguro Social sigue comprometida a reducir las barreras y a garantizar que las personas que tienen derecho a los beneficios los reciban”, expresó Kijakazi en declaraciones escritas.

El programa permite acelerar las reclamaciones de quienes padecen enfermedades que cumplen con el estándar legal de incapacidad del Seguro Social. Actualmente, más de 900,000 individuos han sido aprobados por este proceso, alcanzando un total de 278 padecimientos.

Esta aceleración es posible gracias a la Tecnología de salud del Seguro Social, que incorpora registros médicos electrónicos, agilizando así la determinación de incapacidades. La rapidez en la transmisión de estos registros permite una resolución más eficiente y en menor tiempo.

Algunos de los padecimientos que se encuentran en la lista el síndrome de deleición, Ependimoma anaplásico, Calcifilaxia, colangiocarcinoma, entre otros. Para ver la lista completa puede entrar a este enlace.

Para más detalles sobre los padecimientos y el programa, se puede acceder a www.ssa.gov/compassionateallowances y www.ssa.gov/hit. También, para solicitar beneficios por incapacidad, las personas pueden ingresar a www.segurosocial.gov. Por último, para la creación de una cuenta en my Social Security, se puede visitar www.ssa.gov/myaccount.

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¿Qué tratamiento contributivo tienen las cantidades recibidas de Seguro Social?

En Puerto Rico, las cantidades recibidas por concepto de Seguro Social están totalmente exentas de contribución sobre ingresos. Sin embargo, debe informar la cantidad recibida como ingreso excluido en el Anejo IE Individuo de la Planilla, si está obligado a rendir planilla.

Si un individuo recibe beneficios de Seguro Social y además recibe otros ingresos podría estar sujeto a radicar una planilla de contribución sobre ingresos federal ante el Servicio de Rentas Internas Federal (“IRS”, por sus siglas en inglés). Esto se determina si la suma de la mitad de los beneficios recibidos por concepto de Seguro Social más el total de los otros ingresos generados, excede de $25,000 en el caso de un contribuyente soltero, o $32,000 en el caso de un contribuyente casado, es muy probable que tenga la obligación de rendir la Forma 1040 y reportar la cantidad tributable de Seguro Social.

Como regla general, solo se pagan contribuciones federales sobre la mitad de los beneficios recibidos de Seguro Social. No obstante, aquellos individuos con altos ingresos pudieran estar obligados a tributar hasta el 85 % de los beneficios de Seguro Social. Para determinar el monto de Seguro Social tributable en la Forma 1040 véase la Publicación del IRS Número 915.

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