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Medida obligaría a fiscales y procuradores de menores a reasignar casos si se van en destaque

Según el representante José ‘Quiquito’ Meléndez, autor de la pieza, esto evitaría atrasos en el procesamiento de casos criminales

José Enrique ‘Quiquito’ Meléndez.
José Enrique ‘Quiquito’ Meléndez. José Enrique ‘Quiquito’ Meléndez.

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El representante José ‘Quiquito’ Meléndez radicó una medida que obliga a fiscales, procurador de menores o de familia, a reasignar sus casos cuando hay un destaque en un período de hasta 48 horas.

Según el legislador esto con el objetivo de evitar atrasos en el procesamiento de casos criminales.

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“El propósito de esta legislación es enmendar la ‘Ley Orgánica del Departamento de Justicia’, con el fin de proveer para la pronta reasignación de casos e investigaciones instados por el Ministerio Público, cuando un fiscal, procurador de asuntos de Familia o procurador de asuntos de Menores sea trasladado o destacado a otra agencia gubernamental, municipio o Rama del Gobierno. Asimismo dispone que, toda reasignación de casos e investigaciones deberá realizarse dentro de las 48 horas siguientes, tras ocurrir el traslado, el destaque o la designación o asignación administrativa”, señaló el Representante por Acumulación.

La Ley 8-2017, mejor conocida como ‘Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico’, contiene disposiciones sobre traslados, movilidad y otras acciones que incluyen destaques y designaciones o asignaciones administrativas. A través de estos mecanismos, decenas de fiscales y procuradores del Departamento de Justicia se han movido a otras dependencias gubernamentales, inclusive a otras ramas del Gobierno, como lo es la Asamblea Legislativa.

“Ciertamente reconocemos que existen disposiciones de ley que lo permiten, pero esto debe realizarse salvaguardando la investigación rápida, efectiva y exitosa de todas las causas criminales en nuestra jurisdicción”, sentenció Meléndez.

“No es nuestra intención detener un traslado o destaque que pueda catalogarse de meritorio, si ello obra en favor de la dependencia gubernamental recipiente, sino asegurar que, en un término de tiempo corto, y de manera expedita, los fiscales y procuradores del Departamento de Justicia reasignen los casos que ya atendían esos fiscales y procuradores que fueron trasladados o destacados, para que dichos casos no se afecten adversamente”, añadió el legislador del Partido Nuevo Progresista.

Meléndez destacó que aunque por circunstancias extraordinarias, el Fiscal de Distrito tenía la autoridad de reasignar un caso a otro Fiscal siempre que lo informara al Fiscal General con expresión de las razones habidas para hacerlo.

“Ahora, debemos preguntarnos, qué sucede con los casos e investigaciones que son iniciados por un determinado fiscal o procurador, si cualquiera de estos es destacado. La realidad sobre este asunto es que, tanto la Ley como la Orden Administrativa 2010-01 guardan silencio sobre el particular. Lo que buscamos con esta medida es aclarar esa laguna”, dijo.

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