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HIMA San Pablo deberá pagar bono de Navidad a sus empleados

Tras decisión unánime del Tribunal Supremo de Puerto Rico

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Hospital HIMA San Pablo Bayamón. Archivo.

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El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó en una decisión unánime de los jueces que integran dicho foro judicial, que la corporación HIMA-San Pablo (Centro Médico del Turabo Inc.) está obligada a pagar el bono de Navidad a todos los trabajadores cubiertos por los Convenios Colectivos entre estos y la Unión General de Trabajadores (UGT), para las unidades apropiadas de los hospitales de Caguas y Fajardo.

Consistentemente HIMA-San Pablo se ha negado a reconocer el derecho de los trabajadores unionados, pretendiendo ignorar que los Convenios Colectivos tienen fuerza de ley y constituyen la ley entre las partes. Así lo informó en el día de hoy Gerson L. Guzmán López, líder y activista sindical, miembro de la UGT y quien originó los casos, tanto en los foros administrativos, Negociado de Conciliación y Arbitraje (NCA) del Departamento del Trabajo de Puerto Rico, como ante la Rama Judicial. Entre ambos foros pueden haber más de diez (10) casos, entre los hospitales de Caguas y Fajardo.

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La determinación del Tribunal Supremo fue emitida para la reclamación establecida por la Unión para el año 2015, en Caguas. Sin embargo, la misma establece un fuerte precedente que podrá ser aplicado a todos los casos pendientes, tanto en el Tribunal o en el NCA, que ha establecido la UGT para cada año en que HIMA se ha negado a pagar el Bono de Navidad en Caguas y Fajardo. Este precedente, igualmente dictará la regla en casos futuros.

La decisión emitida por el más alto foro judicial del país valida claramente y sin lugar a dudas e interpretaciones, la obligación de los patronos de cumplir lo estipulado en los Convenios Colectivos negociados y acordados con sus empleados independientemente de otras consideraciones que surjan en el desarrollo de las empresas. Así lo expresó el Tribunal en la sentencia.

En resumidas cuentas, carente de una exoneración al respecto, el patrono no podía incumplir unilateralmente el pago del bono de navidad, y con ello, alterar los términos de los convenios colectivos. A la luz de lo expuesto, es insoslayable concluir que el Hospital HIMA incumplió los términos del convenio colectivo, al rehusar pagar el bono, sin autorización. Este análisis es suficiente para disponer por completo de la controversia.”, reza la sentencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico.

Al resaltar la importancia de esta decisión judicial, Guzmán López señaló que “la misma hace justicia a un amplio grupo de trabajadores de la salud que por años han venido sufriendo los abusos y atropellos de un patrono que no ha escatimado esfuerzos para desarticular su organización sindical e imponer sus arbitrariedades en el taller de trabajo.”

El líder sindical también enfatizó la importancia que reviste esta decisión judicial para el sindicalismo en general y para todo el movimiento obrero del país. “Para que tengan idea de la envergadura de esta decisión, por tratarse de una determinación del Tribunal Supremo de Puerto Rico, aplica a todos los empleados cobijados bajo Convenios Colectivos en la empresa privada del país”, argumentó Guzmán López.

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“La decisión del Tribunal Supremo ejemplifica y valida, de forma concreta y contundente, el valor que tiene la organización sindical de los trabajadores y la relevancia de la negociación colectiva para hacer valer los derechos de toda la clase trabajadora. En un momento en que la Junta de Supervisión Fiscal, el Gobierno y la clase patronal del país unen sus fuerzas para intentar desarticular los esfuerzos de organización sindical, esta decisión le da fuerza y constituye un sólido estímulo a los trabajadores para continuar organizándose y para luchar por mejorar sus condiciones de vida y de trabajo.”

Finalmente, Guzmán López felicitó a los integrantes de la Unión General de Trabajadores en los Hospitales HIMA de Caguas y Fajardo por haber sido consistentes en sus reclamos, haber mantenido la confianza en el sindicato y por hoy celebrar esta gran victoria. También, Guzmán López extendió la felicitación al licenciado Edwin Rivera Cintrón, abogado laboral asignado por la UGT a este caso, así como a los restantes en proceso. “Es justo y meritorio resaltar el profesionalismo, la capacidad y el compromiso del licenciado Rivera Cintrón, quien a lo largo de los pasados ocho (8) años ha batallado titánicamente contra la maquinaria legal de este patrono, que en ocasiones asignó hasta cinco (5) abogados y el licenciado Rivera SOLO, los enfrentó, y todos podemos apreciar el resultado”. De igual manera, exhortó a la alta gerencia de HIMA a finalmente reconocer y cumplir con su obligación, y a valorar a sus empleados efectuando el pago para cada año adeudado. Además, instó al liderato interino que hoy conduce los trabajos de la UGT, a tomar todas las medidas necesarias para hacer cumplir la decisión del más alto foro judicial puertorriqueño.

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