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title: "Secretario del Trabajo les recuerda a patronos que el aumento del salario mínimo inicia en julio"
description: "A partir del 1 de julio la paga por hora trabajada deberá comenzar en $9.50"
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section: "Noticias"
subsection: "Locales"
author: "Metro Puerto Rico"
published: "2023-06-20T14:52:11.988Z"
updated: "2023-06-20T14:52:12.574Z"
publisher: "Metro Puerto Rico"
language: "es"
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# Secretario del Trabajo les recuerda a patronos que el aumento del salario mínimo inicia en julio

_A partir del 1 de julio la paga por hora trabajada deberá comenzar en $9.50_

Por Metro Puerto Rico · Noticias / Locales · 2023-06-20T14:52:11.988Z

A días de que entre en vigor un aumento al salario mínimo en Puerto Rico, el secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Gabriel Maldonado-González, les recuerda a patronos del sector privado su obligación de cumplir con el mandato de ley que establece que a partir del 1 de julio de 2023 la paga por hora trabajada deberá comenzar en $9.50.

“Tras más de una década en que no se incrementa el salario mínimo federal, la administración del gobernador, Pedro Pierluisi, dio un paso al frente a favor de miles de trabajadores al hacerle justicia con un aumento escalonado. En enero de 2021 el salario mínimo aumentó del $7.25 que prevalece a nivel federal, a la suma $8.50 por hora de trabajo. Próximamente, el incremento al salario mínimo en Puerto Rico entrará en su segunda fase, aumentando a $9.50 a partir del 1 de julio de 2023. Ante este escenario, los patronos privados deben realizar los ajustes necesarios para que a partir del 1 de julio de este año paguen al menos lo establecido por ley”, dijo el titular de la agencia.

Indicó que en el Departamento del Trabajo estarán disponibles para orientar a los trabajadores que entiendan que su patrono incumple con el nuevo pago establecido. De igual manera atenderán a patronos que aún tienen dudas sobre el nuevo aumento.

**¿A quiénes no le aplica?**

Es importante destacar que el aumento decretado por la Ley Núm. 47-2021, conocida como “Ley de Salario Mínimo”, aplica a todos los trabajadores cobijados bajo la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo (Fair Labor Standards Act), **salvo empleados agrícolas, municipales, del gobierno federal, las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial.** **Tampoco aplica a aquellos que laboren en el sector privado como administradores, ejecutivos o profesionales, entre otras excepciones**.

Los patronos que incumplan con este aumento se exponen a penalidades y otros remedios legales disponibles para los empleados afectados.

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