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Fondos de cuentas inactivas o no reclamadas en los bancos serán destinados al Fondo de Acceso a la Justicia

Gobernador firmó la Ley 65-2023 que así lo dispone

Para hacer un depósito grande debe avisar primero al banco | Foto: Referencial
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Los fondos de cuentas inactivas o no reclamadas en los bancos de Puerto Rico serán destinados a la Fundación Fondo de Acceso a la Justicia (FFAJ) en Puerto Rico tras la firma de la Ley 65-2023.

Esta nueva legislación firmada por el gobernador, enmienda la Ley Núm. 55 de 12 de mayo de 1933, que tiene como objetivo regular los fondos que son declarados y notificados como abandonados o no reclamados. De acuerdo con la Ley 65 cuya vigencia es inmediata, los fondos y bienes líquidos abandonados o no reclamados se entregarán al Fondo de Acceso a la Justicia “para asegurar los servicios legales que ofrecen organizaciones sin fines de lucro a personas y comunidades de escasos recursos”, según lee su exposición de motivos.

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De acuerdo con las disposiciones de la Ley, el 40% del dinero retenidos serán entregados al Fondo de Acceso a la Justicia y el remanente a otras entidades.

“Al convertir este proyecto en ley, se logra garantizar la sustentabilidad del Fondo de Acceso a la Justicia para las próximas décadas al servicio de la pobreza en Puerto Rico. De esta manera, miles de familias lograrán recibir representación legal gratuita en asuntos civiles, tales como ejecuciones de hipoteca, desahucios, órdenes de protección, títulos de propiedad, entre muchos otros”, indicó el licenciado José Enrique Colón Santana, presidente de la Junta Administrativa de la FFAJ.

Al presente, el Fondo de Acceso a la Justicia subsidia más de treinta programas de asistencia legal comunitaria que impactan los 78 municipios del país. A su vez, el Fondo de Acceso, por los pasados cinco años, ha asignado cerca de $1 millón al año y ha concedido una beca anual mediante la cual se pagan los servicios legales prestados por una persona becaria.

La aprobación de la Ley 65 de 2023 representa un paso significativo en la gestión adecuada de los fondos y bienes líquidos abandonados o no reclamados. A través de esta legislación, se busca garantizar la protección de los derechos legales de nuestras comunidades y el uso responsable de estos activos para el beneficio en general.

“Hoy se hizo justicia a miles de familias y comunidades en Puerto Rico que atraviesan necesidades legales y no cuentan con los medios económicos para pagar un abogado ni los costos de un proceso judicial o administrativo. Ahora este Fondo contará con los recursos para fortalecer los servicios legales que subvencionamos, mientras continuamos derribando las barreras del acceso a la justicia”, expresó la licenciada Amaris Torres Rivera, directora ejecutiva de FFAJ.

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La Ley 165-2013, conocida como “Ley del Fondo para el Acceso a la Justicia de Puerto Rico”, estableció el Fondo para asegurar la disponibilidad y efectividad de servicios legales civiles proporcionados por entidades sin fines de lucro a personas y comunidades de escasos recursos económicos. Esta ley promueve el principio de igual acceso a la justicia para todos. Sin embargo, el Fondo ha experimentado una disminución significativa en sus ingresos, por lo que es urgente asignar recursos para cumplir con la política pública y continuar brindando representación legal a las personas en situación de pobreza en Puerto Rico.

Personas que necesiten los servicios pueden visitar www.fundacionfondoaccesoalajusticia.org o comunicarse al (787) 725-0117.

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