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Tribunal de Apelaciones revoca fallo que obligaba a Fernós a facilitar acceso a datos de teléfono móvil

El panel de tres jueces determinó que el Tribunal de Primera Instancia erró al conceder el remedio solicitado por la UIPR

Universidad Interamericana de Puerto Rico

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El Tribunal de Apelaciones (TA) revocó una sentencia del Tribunal de Primera Instancia (TPI) contra el expresidente de la Universidad Interamericana de Puerto Rico (UIPR), Manuel Fernós, que le obligaba a proveer la información necesaria para que se pudiese acceder a la copia de resguardo del teléfono móvil que utilizó mientras fue presidente de la institución de educación superior.

La sentencia del pasado 23 de marzo de 2023 concedía 48 horas a Fernós para que entregara cualquier nombre de usuario y contraseña para liberar el acceso al cloud o nube y de esa forma la UIPR lograra acceso a la información allí guardada.

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El caso está relacionado al despido de Fernós como presidente de la UIPR en mayo de 2022 y que ha dado paso a una batalla legal campal entre las partes.

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Aunque en un principio, el TPI falló en contra de la UIPR, el Tribunal de Apelaciones devolvió el caso al tribunal primario, que entonces emitió una sentencia a favor de la institución educativa.

En esta ocasión, y al volver a pasar juicio sobre el caso, los jueces del Tribunal Apelativo concluyeron que el TPI no dio la oportunidad a las partes a expresar sus respectivas posturas.

“...en este caso se violentó uno de los requisitos primordiales para la concesión de un injunction permanente: la celebración de una vista en la cual cada parte pudiese tanto exponer sus posturas respecto a la controversia trabada, como presentar prueba a su favor”, lee la sentencia del TA.

Los jueces entendieron que “resulta forzoso concluir que el TPI cometió un error de derecho al disponer del presente caso. Al amparo de la normativa jurídica que rige los procedimientos de remedios interdictales, al licenciado Fernós le asiste un derecho a que se celebre una vista con el fin de que este tenga la oportunidad de exponer sus defensas a la solicitud instada por la UIPR en su contra”.

El Tribunal de Apelaciones devolvió el caso al foro primario para la continuación de los procedimientos.

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