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Presentan medida en la Cámara para que contratos de APP que excedan los 5 años sea aprobado por la Legislatura

El proyecto 1650 del representante Ramón Luis Cruz Burgos, busca enmendar la Ley de Alianzas Público Privadas

El representante del Partido Popular Democrático (PPD), Ramón Luis Cruz Burgos, presentó un proyecto para que todo contrato de Alianzas Público Privadas, que exceda los cinco años, tenga que ser aprobado por la Legislatura.

El PC 1650, busca enmendar los artículos 9, 10 y 22 de la Ley 29-2009, según enmendada, conocida como “Ley de Alianzas Publico Privadas” a los fines de disponer que será necesaria la autorización de la Asamblea Legislativa para la aprobación de estos contratos que excedan los cinco años.

Los puertorriqueños necesitan transparencia por parte del gobierno en todo contrato que ponga en manos privadas las operaciones de servicios esenciales. Por tal razón, es importante que la Legislatura intervenga en estos procesos y vele por los mejores intereses del país”, precisó Cruz Burgos.

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La medida establece que la Legislatura conozca los detalles de los contratos antes de que estos sean firmados y aprobados.

Al establecer la Ley 29-2009, según enmendada, conocida como “Ley de Alianzas Público Privadas”, se buscó establecer una entidad que uniera recursos y esfuerzos del sector público con recursos del sector privado, mediante una inversión conjunta para beneficio de ambas partes. Según se dispuso, se buscaba proveer servicios, construir instalaciones o hacer proyectos de alta prioridad para el estado o servicios revestidos de alto interés público.

En este andamiaje, se supone que el Estado no renuncia a su responsabilidad de proteger el interés público. Sobre los procesos mediante los cuales se establecerán las Alianzas, la Ley 29-2009 indica que estos deben fomentar la pureza, alentar la transparencia por parte del Estado en la negociación y acuerdos para la firma de contratos”, indicó en declaraciones escritas.

Sin embargo, una vez culminada la negociación de un Contrato de Alianza, el Comité de Alianzas prepara un informe, el cual deberá incluir las razones para llevar a cabo la Alianza, las razones para la selección del Proponente escogido, una descripción del proceso efectuado, incluyendo comparaciones del Proponente y el Contrato de Alianza recomendado frente a otras propuestas presentadas y toda aquella otra información pertinente al proceso y a la evaluación llevada a cabo.

El problema con la Ley actual es que no es hasta que se da todo el proceso y que el contrato es final, que se presenta copia del informe ante la Secretaría de ambos Cuerpos Legislativos. La falta de acceso a información crucial no ha permitido que los representantes del pueblo en la Legislatura puedan determinar a tiempo si un contrato de alianza que compromete servicios públicos esenciales, estaría protegiendo el interés público, por lo que es urgente enmendar la Ley para que la Legislatura tenga que aprobar los contratos”, precisó Cruz Burgos.

Asimismo, el Representante explicó que las experiencias en contratos energéticos han demostrado que una vez concretados los acuerdos para su firma, surge públicamente información sobre “cláusulas irrazonables” y que “van en menoscabo del interés público”.

Dijo que uno de estos es el contrato de alianza público privada alcanzado para la operación del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica, que ha desembocado en múltiples solicitudes de aumento de tarifa de energía por parte del ente privatizador, LUMA.

Por otra parte, el País tampoco pudo conocer detalles sobre la privatización de la operación y mantenimiento de las plantas de generación de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

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