Locales

PFEI archiva caso contra el alcalde de Isabela

Tras una querella presentada donde se alegaba que el alcalde mintió bajo juramento

Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez, alcalde de Isabela
Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez, alcalde de Isabela Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez, alcalde de Isabela

PUBLICIDAD

El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) resolvió ordenar el archivo definitivo de una querella planteada contra el alcalde de Isabela, Miguel ‘Ricky’ Méndez Pérez.

De esta manera, el Panel acogió la determinación del secretario del Departamento de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, quien no recomendaba la designación de un Fiscal Especial Independiente (FEI), la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC) había concluido que nos existía causa suficiente para creer que el alcalde hubiera incurrido en el delito de perjurio.

PUBLICIDAD

El caso comenzó con una querella presentada por el Sr. Nathanael Arroyo Martínez Martínez, reclamando que el Ejecutivo Municipal mintió bajo juramento en unas vistas judiciales que atendían una orden de protección bajo la Ley contra asecho en Puerto Rico.

En ese caso, el tribunal resolvió conceder la orden a favor del alcalde Méndez Pérez y en contra del querellante, por un periodo de dos años.

La investigación de la DIPAC estableció que las alegaciones del querellante se basaban en su apreciación de las declaraciones vertidas en las vistas judiciales del caso de acecho, que el tribunal resolvió a favor del alcalde. Advirtió la División e Integridad Pública que cualquier reclamo sobre un evento judicial debe ser revisado por los foros apelativos de la Rama Judicial.

En este caso, sigue diciendo el informe de Justicia, el querellante ya había recurrido a este derecho ante el Tribunal Apelativo. Concluye el informe que ante este escenario, la acción de Arroyo Martínez resulta ser un acto colateral a la determinación del tribunal que emitió la orden de protección.

“No tenemos duda de que, mediante la querella, se pretende relitigar la determinación del tribunal que emitió la orden de protección, lo cual no procede en derecho”, establece el Panel en su Resolución.

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último