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Delitos por agresión sexual no prescribirán cuando la víctima sea menor de 18 años y el agresor mayor de edad

El gobernador firmó este y otro proyecto que enmienda la Ley 54 para para definir el concepto de violencia cibernética

Natalia Montenegro
Mujer acoso Violencia de género

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El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, convirtió en ley varios proyectos en relación a proteger a las víctimas de violencia de género en la isla.

Uno de estos fue el Proyecto del Senado 731, que establece que el delito de agresión sexual conyugal no prescribirá cuando la víctima sea menor de 18 años y la persona imputada de cometer la comisión de delito sea mayor de esta edad. Además, firmó el Proyecto del Senado 663 para definir el concepto de violencia cibernética entre parejas o exparejas.

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El Proyecto del Senado 731 fue avalado por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y por los Departamentos de Seguridad Pública (DSP), Justicia (DJ) y Familia (DF).

Mientras que el Proyecto del Senado 663 enmienda la Ley 54 para definir el concepto de violencia cibernética como aquel en el que se utiliza cualquier tipo de comunicación electrónica o digital. Esto puede ser mediante mensajes de texto, correo de voz, correos electrónicos o redes sociales, o cualquier otro medio digital, incluyendo sistemas de rastreo satelital, que tengan el efecto de acosar, perseguir, intimidar, amenazar o afligir a una persona con quien sostiene o ha sostenido una relación de pareja.

Asimismo, se establece que la violencia psicológica ocurrirá cuando medie algún tipo de comunicación electrónica entre las partes que han tenido relaciones sentimentales o de cohabitación, pero para que se constituya este delito no será necesario la prueba de un patrón de conducta.

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