El Departamento de Justicia indicó que el contrato de la empresa LUMA Energy con el gobierno de Puerto Rico, la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) y las Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) es legal.
Este es el resultado de una consulta que realizó la AAPP y que fue anunciado a través de un comunicado de prensa por el director ejecutivo de esta agencia, el licenciado Fermín Fontanés Gómez.
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En la opinión emitida a raíz de la Consulta Núm. B-53-22, el Departamento de Justicia (“Justicia”) confirmó la legalidad del contrato al establecer que el mismo no es contrario a la ley, la moral ni el orden público, y tampoco contiene cláusulas o disposiciones contrarias a la ley, la moral o el orden público. El análisis y discusión de Justicia sobre la legalidad del contrato y los potenciales argumentos en cuanto a las posibles causales de nulidad del mismo fue realizado en el marco del derecho aplicable, incluyendo: (1) la Ley 29-2009 (Ley de Alianzas Público-Privadas), (2) la Ley 120-208 (Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico), y (3) el Código Civil y los conceptos de la ley, la moral y el orden público.
La opinión emitida por el Departamento de Justicia establece que:
“En consecuencia, reconocemos que, de la lectura y estudio del derecho, del trasfondo legislativo y de las cláusulas del Acuerdo O&M, no surge, de su faz, algún elemento patente que nos pueda llevar a concluir que existen circunstancias contrarias a la moral, la ley y el orden público en el proceso de contratación efectuado para establecer la alianza público-privada con LUMA. Por el contrario, notamos que el proceso y posterior contratación fueron llevados a cabo de una manera pensada, velando por cada detalle y con la intención y el propósito genuino de tener como norte los más altos intereses públicos de Puerto Rico. De la documentación examinada es posible colegir que el proceso que llevó a la selección del LUMA como proponente y la posterior firma del Acuerdo O&M fue uno en estricto cumplimiento con la Ley de APP, la legislación que establece la política pública energética en Puerto Rico y los requerimientos de la JSAF. Además, no ha sido presentada ante nos información, documentación o fundamento alguno que demuestre que existen circunstancias contrarias a la moral y el orden público en dicha contratación, según los parámetros que ha delineado el Tribunal Supremo de Puerto Rico y que han sido citados previamente”.
“Coincidimos con el examen detallado que el Tribunal [Federal] efectuó sobre el Acuerdo O&M y en respuesta a su consulta, concluimos que, de la documentación provista junto con la solicitud de opinión, del trasfondo fáctico y legislativo, del derecho aplicable examinado, del proceso de adjudicación del Acuerdo O&M y de lo dispuesto en sus cláusulas, dicha contratación es válida y que no es contraria a la ley, la moral o el orden público. Ahora bien, respecto a la consulta relacionada con las causales de cancelación del Acuerdo O&M, hemos visto que las partes, válida, legítima y legalmente, pactaron expresamente dichas causales, el proceso para la cancelación del contrato, los métodos de solución de disputas relacionadas a dicha cancelación, y las consecuencias de dicha terminación. Pacto que, al amparo de las normas de derecho explicadas, tiene fuerza de ley”, añade la opinión de Justicia.
Por su parte, Fontanés Gómez puntualizó que “como hemos expresado en reiteradas ocasiones, es importante que cualquier discusión sobre el Acuerdo O&M se aborde siempre de manera responsable y mesurada. El Acuerdo O&M tiene una función importante como pieza clave en la transformación de sistema eléctrico, y sus términos y condiciones son producto de un proceso de negociación complejo y extenso. La selección de LUMA como operador del sistema de T&D representa un hito importante en la transformación del sistema eléctrico, y fue producto de un proceso de licitación competitivo que se llevó a cabo de acuerdo con los más altos estándares de rigurosidad y que contó con la participación de varias entidades gubernamentales, incluyendo la AAPP, la AEE, el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) y la Junta de Supervisión Fiscal”.
La opinión llega a solo días de que venza el acuerdo suplementario con el que ha trabajado la empresa privada del servicio eléctrico desde el 2021.