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Negociado de Energía ordena a LUMA que desista de limitar procesos para objetar facturas

Se exige a LUMA que extienda los términos para los abonados presentar objeciones

Funcionarios de LUMA Energy. (suministrada)

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El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público emitió hoy una resolución y orden para iniciar una investigación sobre el manejo de las objeciones de factura presentadas ante LUMA Energy durante el periodo de la emergencia provocada por el paso del huracán Fiona por Puerto Rico.

El Negociado de Energía acogió la solicitud de investigación presentada el pasado 8 de octubre por la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) para que se comience una investigación sobre el proceso de objeción de factura mediante llamadas telefónicas y a través del portal cibernético de LUMA Energy.

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Según el marco estatutario y reglamentario, el Negociado de Energía ostenta jurisdicción para realizar las investigaciones presentadas por la OIPC, las cuales por ser relacionadas al proceso de objeción de facturas por economía procesal las consolida y atenderá en un mismo procedimiento de investigación.

“El Negociado de Energía tiene jurisdicción y amplios poderes para investigar cualquier asunto que se refiera al cumplimiento con leyes que incidan en la ejecución de la política pública energética. Es prudente y necesario realizar una investigación respecto a las prácticas de LUMA para el manejo de las objeciones de factura”, expresó el presidente del ente regulador, Edison Avilés Deliz.

En su resolución, el Negociado ordena a LUMA Energy:

▪ Cesar y desistir inmediatamente de cualquier práctica que impida que los clientes puedan presentar su objeción a facturas a través de llamada telefónica o a través del portal cibernético de LUMA.

▪ Extender los términos para los abonados presentar objeciones por el mismo término de días en que LUMA no estaba permitiendo recibir objeciones mediante llamadas telefónicas y/o a través del portal cibernético de LUMA.

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▪ Notificar inmediatamente a los abonados sobre la extensión de términos.

▪ Someter evidencia detallada de su cumplimiento con lo anterior, en o antes de 10 días contados a partir de la notificación de esta resolución y orden.

En declaraciones escritas enviadas a Metro Puerto Rico, LUMA indicó que: “Durante el huracán Fiona y el estado de emergencia, como una forma de priorizar las llamadas de emergencia, se implementó una medida temporal para atender consultas de facturación mediante visitas presenciales, la aplicación Mi LUMA, el portal web y por correo. Tan pronto terminó la emergencia, reanudamos nuestras operaciones normales, y los clientes han podido consultar sus facturas por teléfono. En LUMA, estamos comprometidos con trabajar con el NEPR y continuar enfocados en atender las preocupaciones o preguntas que tengan nuestros clientes en relación con sus facturas”

20221013 IN20220005 Resolucion y Orden by Metro Puerto Rico on Scribd

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