El juez superior Alfonso S. Martínez Piovanetti del Tribunal de Primera Instancia de San Juan emitió una sentencia donde indicó que las legisladoras del Proyecto Dignidad (PD), Joanne Rodríguez Veve y Lisie Burgos no pueden demandar al gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, para evitar las órdenes ejecutivas sin aprobación de la legislatura como se ha realizado durante la pandemia.
“En esta ocasión debemos evaluar si un caso instado por ciertos miembros de la Asamblea Legislativa para cuestionar la validez de las órdenes ejecutivas emitidas por el Gobernador –con el propósito articulado de decretar un estado de emergencia e implantar varias medidas de impacto general relacionadas con la pandemia del COVID-19- es justificable. Adelantamos que la doctrina constitucional sobre la legitimación activa de los legisladores, según aclarada recientemente por el Tribunal Supremo en Hernández Montañez vs. Parés Alicea,2022 TSPR 14 impide que las legisladoras demandantes y parte interventora puedan instar este tipo de reclamo en nuestra jurisdicción, por lo que procede la desestimación del presente caso”, lee la sentencia.
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El juez se limitó a resolver que las legisladoras que presentaron la demanda carecen de legitimación activa para presentar el reclamo ante el tribunal por alegado perjuicio general a los ciudadanos.
“En nuestra jurisdicción los legisladores no tienen legitimación activa para vindicar un interés general, sino para vindicar su interés personal en cuanto al ejercicio de sus prerrogativas, tanto directa como derivada”, lee el documento.
La demanda fue presentada el pasado 15 de febrero por las portavoces del Proyecto Dignidad señalando que las órdenes ejecutivas de Pedro Pierluisi como medidas para mitigar el impacto de la pandemia del COVID-19 “rebasan los poderes delegados” al primer mandatario.
Las senadoras aseguraron que las órdenes ejecutivas contra el COVID-19 son inconstitucionales porque violentan el principio de separación de poderes y los derechos individuales fundamentales.
Posteriormente la Cámara de Representantes se unió como parte interventora en la acción legal.