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Extienden periodo para que transportistas y franquicias renueven autorizaciones para operar en P. R.

Hasta el próximo 30 de abril.

Camioneros Dennis Jones / Metro Puerto Rico/ Archivo

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El presidente del Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos (NTSP), ingeniero Jaime Lafuente González, informó el lunes que el ente regulador extendió hasta el próximo 30 de abril de 2022, la fecha límite para que los concesionarios del NTSP, renueven sus autorizaciones para ofrecer servicios en Puerto Rico, así como para obtener el relevo de multa por renovación tardía.

“En virtud del Artículo 89 de la Ley de Servicio Público de Puerto Rico, Ley Número 109 del 28 de junio de 1962, según enmendada, hemos extendido el término para permitir la renovación tardía de autorizaciones y el relevo de multa por renovación tardía hasta el 30 de abril de 2022, y permitir, además, la operación de las franquicias que se puedan acoger a estos beneficios. Con esta decisión buscamos garantizar que todos los transportistas estén en cumplimiento con el marco legal vigente para su seguridad y la seguridad de todos los puertorriqueños. Los agentes del NTSP estarán fiscalizando el cumplimiento en las calles”, señaló Lafuente González en declaraciones escritas.

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Entre las empresas que regula el Negociado, y le aplica la extensión anunciada por Lafuente González, están las de red de transporte, de lujo, taxis, transporte escolar, mudanzas, vehículos de alquiler, almacenes, entre otras.

La extensión permite que los concesionarios soliciten como de costumbre su renovación mediante la plataforma digital del Negociado y a vuelta de correo electrónico, se expedirá un certificado provisional con duración de noventa (90) días.

No obstante, la extensión autorizada mediante Carta Circular Número V – 2022 aplicará únicamente a aquellas autorizaciones que vencieron en o después del 15 de marzo de 2020, o cuyo término de 6 meses luego del vencimiento de la autorización se cumpliera en o después del 15 de marzo de 2020. Estos beneficios no aplican a los vehículos autorizados a ofrecer el servicio de ambulancia, ni a las Plantas de las Franquicias de Gas, a pesar de que aplican a las respectivas Autorizaciones de Franquicia.

Asimismo, como parte de la extensión de autorización para operar, el funcionario informó que se ha ordenado que cualquier boleto que sea expedido por algún agente del orden público adscrito al Negociado, en contravención a lo dispuesto en la carta circular o alguna anterior, que concede beneficio de prórroga al término de renovación por razón de la pandemia, sea archivado administrativamente de inmediato.

Para más detalles o información relacionada a la extensión para renovar el permiso de operación para transportistas y franquicias, interesados pueden acceder al portal del NTSP: https://ntsp.pr.gov/.

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