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title: "Desestiman demanda de Proyecto Dignidad para detener la educación con perspectiva de género"
description: "Un juez del Tribunal de Primera Instancia de San Juan determinó que las legisladoras Joanne Rodríguez Veve y Lisie Janet Burgos Muñiz no sufrieron daños"
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section: "Noticias"
subsection: "Locales"
author: "Metro Puerto Rico"
published: "2021-04-14T19:44:39.000Z"
updated: "2021-10-19T14:16:04.292Z"
publisher: "Metro Puerto Rico"
language: "es"
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# Desestiman demanda de Proyecto Dignidad para detener la educación con perspectiva de género

_Un juez del Tribunal de Primera Instancia de San Juan determinó que las legisladoras Joanne Rodríguez Veve y Lisie Janet Burgos Muñiz no sufrieron daños_

Por Metro Puerto Rico · Noticias / Locales · 2021-04-14T19:44:39.000Z

El juez superior del Tribunal de Primera Instancia de San Juan Anthony Cuevas Ramos desestimó la demanda que había incurrido el partido Proyecto Dignidad en contra del Gobierno luego de intentar implementar un currículo de perspectiva de género tras anunciar el Estado de Emergencia para atender la violencia de género.

En la demanda, la senadora del partido **Joanne Rodríguez Veve** y homóloga en la Cámara de Representante, **Lisie Janet Burgos Muñiz**, argumentaron que la medida usurpaban los poderes de la Asamblea Legislativa de decidir si se implementa un currículo de educación este.

Tras esto, la defensa del Gobierno solicitó una moción de desestimación de la demanda.

“Las demandantes no han sufrido daño alguno. Debemos recordar que para que un legislador tenga legitimación activa, este debe demostrar que cumple con los requisitos básicos de la legitimación activa. Los legisladores no están en una categoría superior o distinta que los releve del requisito de demostrar tener standing al igual que cualquier ciudadano particular”, lee la sentencia del Tribunal.

“En este caso ni tan siquiera se cumple mínimamente con el requisito de que exista un daño claro y palpable, por lo que tampoco procede el dictamen de una sentencia declaratoria. Además de esto, no se ve afectada ninguna de las prerrogativas constitucionales de las legisladoras. Al no existir una controversia entre las Órdenes Ejecutivas y la Ley Núm. 62, no existe un problema de separación de poderes ni un daño claro y mucho menos el daño irreparable que requiere un recurso de injunction preliminar”, continúa la sentencia.

Tras el anuncio de la desestimación, el activista en asuntos LGBTQ+, Pedro Julio Serrano, celebró la desestimación de la demanda.

“Ya basta de querer imponer su odio en Puerto Rico. Las legisladoras del mal llamado Proyecto Dignidad, que no tiene nada de digno, deben detener sus intentos por imponer sus creencias a la población. Hay una constitucional separación de iglesia y estado. No tan solo eso, sino que nadie está atentando contra su libertad de culto al educar sobre el respeto a todos los seres humanos que es lo que pretende la perspectiva de género”, expresó Serrano en declaraciones escritas.

“Rodríguez Veve y Burgos trataron de lograr por los tribunales lo que no pueden conseguir en la Legislatura. No tienen los votos para detener la perspectiva de género. No tienen los votos para imponer su odio en Puerto Rico. Ya basta. Pónganse a legislar por el bien de todos los puertorriqueños y detengan su intento de dividir, excluir y discriminar”, concluyó.

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