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title: "Senado aprueba extender moratoria a préstamos hipotecarios y tarjetas de crédito"
description: "Los clientes deben notificar a su acreedor que su situación económica se vio afectada por las órdenes ejecutivas sobre la emergencia"
canonical: "https://www.metro.pr/noticias/2020/05/04/senado-aprueba-extender-moratoria-a-prestamos-hipotecarios-y-tarjetas-de-credito"
section: "Noticias"
subsection: "Coronavirus"
author: "Metro Puerto Rico"
published: "2020-05-04T22:45:40.000Z"
updated: "2021-10-27T04:25:50.983Z"
publisher: "Metro Puerto Rico"
language: "es"
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# Senado aprueba extender moratoria a préstamos hipotecarios y tarjetas de crédito

_Los clientes deben notificar a su acreedor que su situación económica se vio afectada por las órdenes ejecutivas sobre la emergencia_

Por Metro Puerto Rico · Noticias / Coronavirus · 2020-05-04T22:45:40.000Z

El **Senado** aprobó una resolución que extiende la **moratoria de los préstamos hipotecarios**, a los plazos vencederos en julio y agosto de este año. Dicha moratoria aplicará “únicamente” a aquellos clientes o deudores que notifiquen a su acreedor financiero que su situación económica se vio afectada por las órdenes ejecutivas promulgadas en el marco de la emergencia del COVID 19.

Asimismo, en la Resolución del senador **Miguel Romero Lugo**, se establece que en el caso de las **tarjetas de crédito** se entenderá como moratoria la suspensión por la duración de ésta del pago mínimo requerido por el acreedor financiero, incluyendo todas las instituciones bancarias o financieras a hacer negocios en la Isla, sobre la tarjeta de crédito.

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“Culminada la moratoria, el cliente o deudo resumirá el pago según pactado y se podrá continuar acumulando el interés correspondiente en el contrato de tarjeta de crédito, incluyendo respecto a las compras realizadas durante el periodo de moratoria, según los mismos fueron originalmente pactados. El acreedor financiero no podrá cancelar, congelar o paralizar el uso de la tarjeta de crédito a un cliente o deudo si el mismo cuenta con balance disponible para su uso por este acogerse a la moratoria”, explicó Romero Lugo en la pieza legislativa.

Se informó en un comunicado de prensa que se prohíbe a los acreedores financieros el cobro de recargos, penalidades y/o aumento en tasa de interés o intereses adicionales a los ya acumulados o pactados, por un cliente o deudor acogerse a la moratoria. Sin embargo, nada de lo dispuesto en la pieza legislativa se entenderá “como que prohíbe la acumulación de intereses durante la vida del préstamo sobre el principal adeudado, siempre y cuando las tasas de intereses aplicables hayan sido pactadas en el contrato original y dicha acumulación sea aplicada de conformidad con dichas tasas”.

La medida pasa ahora a consideración de la Cámara de Representantes.

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