Regularán a los productores de carne en Puerto Rico

Todos los ganaderos en Puerto Rico deberán contar ahora con una licencia para poder dedicarse a la producción de carne de res. Así lo anunció hoy la secretaria…

Por Víktor Rodríguez @viktor_rodz

6 dic 2015, 11:00 pm 2 min de lectura
Regularán a los productores de carne en Puerto Rico

Todos los ganaderos en Puerto Rico deberán contar ahora con una licencia para poder dedicarse a la producción de carne de res. Así lo anunció hoy la secretaria de Agricultura, Myrna Comas, quien explicó que toda persona que natural o jurídica que se dedique a la cría, mejoramiento, ceba o matanza de ganado en el país tendrá que poseer esta licencia.

La medida se da por medio del el reglamento número 2 de la Oficina de la Reglamentación y Promoción de la Industria de la Carne de Res (Reglamento sobre el licenciamiento de los componentes de la Industria de la Carne de Res).

Según explicó en conferencia de prensa, el licenciado Edmundo Rosaly, Sub Ordenador del Fondo Fomento de la Industria de la Carne de Res del DA, la licencia será expedida por un término de un año natural desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año y será sujeta a renovación previa determinación que el solicitante haya cumplido con las leyes y reglamentos aplicables

Sin embargo, aclaró que no se considerará productor la persona que obtenga beneficios de la venta de ganado por concepto de comisión, que adquiera el ganado para facilitar la transferencia del mismo a una tercera persona o que revenda dicho ganado en un término de diez días laborables.

Rosaly destacó que entre algunos requisitos para solicitar estas licencias se encuentra poseer una finca adecuada, conforme a las recomendaciones del agrónomo de área asignado en calidad de dueño, arrendatario o usufructuario, con cabida suficiente para la cría, mejoramiento y ceba de ganado de carne en Puerto Rico.

Si es corporación, indicó Rosaly, se debe someter copia del certificado de cumplimiento expedido por el Departamento de Estado. Si es una persona particular, no obstante, se “deberá someter todos los documentos requeridos que justifiquen la operación agrícola”.

Además, debe “tener  la marca de su ganado registrada en la Oficina para la Reglamentación de la Industria de la Carne de Res”, sostuvo Rosaly.

Finalmente, el interesado en la licencia debe pagar la cantidad de $150.00 en giro postal o cheque a nombre del secretario de Hacienda y tener la marca del ganado registrada en la Oficina de Reglamentación de la Industria de Carne de Res y cumplir con el reglamento sobre identificaciones electrónica de ganado.

De acuerdo con la agencia, el reglamento otorga poderes al Sub Ordenador del Fondo Fomento de la Industria de la Carne de Res para implementar medidas inmediatas como multas administrativas desde $100.00 hasta un máximo de $1,000.00 por infracción, sin perjurio de la cancelación de la licencia, la certificación de agricultor bonafide o cualquier beneficio, incentivo y subsidio otorgado por el Departamento de Agricultura o alguno de sus componentes.