Aplazan cobro de impuesto a “money orders”
Un mes. Ese fue el tiempo que decretó el Departamento de Hacienda para que se ponga en vigor el cobre de un impuesto de 2 % en la emisión de giros o (“money…
Por Víktor Rodríguez @viktor_rodz
Un mes. Ese fue el tiempo que decretó el Departamento de Hacienda para que se ponga en vigor el cobre de un impuesto de 2 % en la emisión de giros o (“money orders”).
Según explicó el secretario de Hacienda, Juan C. Zaragoza, la medida responde al reclamo de negocios dedicados a la venta de estos giros, quienes han sostenido necesitar más tiempo para entender la manera en la que se aplicará este nuevo tributo.
“El Departamento [de Hacienda] ha recibido numerosas solicitudes expresando la necesidad de tiempo adicional para cumplir con los cambios en sistemas de información y procedimientos para el cobro del Cargo Especial sobre la venta de los giros (“money orders”). Emitimos esta Determinación Administrativa con el propósito de posponer la fecha de efectividad del cobro del Cargo Especial con respecto a la emisión de giros y notificar el procedimiento a seguir para remitir el Cargo Especial al Departamento, para todos aquellos Negocios de Transferencias Monetarias que han cobrado el Cargo Especial en la emisión de giros a sus clientes”, explicó Zaragoza Gómez por medio de un comunicado de prensa.
Sin embargo, aquellos negocios que a la fecha de publicación de esta Determinación, haya cobrado el nuevo impuesto deberá remitir a Hacienda, el monto del cargo cobrado, siguiendo el procedimiento que se establece en la DA 14-30. “A partir de la fecha de publicación de la Determinación 15-03, todo negocio de transferencias monetarias no deberá cobrar el cargo especial sobre la emisión de giros, hasta el 28 de febrero de 2015”, aclaró la agencia.
Una vez cumplido el plazo de un mes, el 28 de febrero de 2015, todos los negocios dedicados a la venta de giros deberá cobrar el cargo.
“A partir del 1ro de marzo de 2015, todo Negocio de Transferencias Monetarias o su agente autorizado deberá cobrar el Cargo Especial sobre la emisión de giros en cumplimiento con la Ley 136-2014, según enmendada. Esta posposición de fecha únicamente aplica al cobro del Cargo Especial sobre la emisión de giros. El resto de las transacciones deberán continuar cobrándose según lo establecido en la mencionada Ley”, sentenció Hacienda.
A lates efectos, la agencia detalló que el impuesto cobrado sobre las demás transacciones sujetas a dicho cargo y sobre las transacciones de emisión de giros realizadas a partir del 1ro de marzo del 2015, se continuará remitiendo por el Negocio de Transferencias Monetarias no más tarde del día 20 día del mes siguiente a la fecha en que ocurrió la solicitud de la transferencia monetaria y se cobró el Cargo Especial, siguiendo el procedimiento establecido en la DA 14-30.
Previamente, diversas entidades se han expresado en contra de este impuesto debido a las consecuencias económicas que podría acarrear en la economía de Puerto Rico.
Este fue el caso del Centro Unido de Detallistas (CUD), entiendad que la pasada semana expresó su repudio al tributo debido a que este podría afectar a las pequeñas y medianas empresas (pymes).
“Esta medida ha dejado sin una fuente de ingresos a cientos de comerciantes, principalmente a negocios pequeños que sirven a los sectores más marginados del país. El pequeño comerciante entendía que esto solo aplicaría a las transferencias”, expresó el presidente de la entidad, Rubén Piñero Dávila.

