Ana Ríus admite que nunca favoreció la figura del procurador del paciente
La titular también aseguró que no habrá despidos de empleados y ni pérdida de fondos federales.
Por Sarah Vázquez @SarahFVazquez
La secretaria de Salud (DS), Ana C. Ríus Armendáriz, aseguró ante el Senado que desde que se propuso la Oficina del Procurador del Paciente (OPP), ella nunca estuvo de acuerdo con la creación de la misma y que favorece el traslado de la misma a la agencia que dirige.
Ríus Armendáriz, quien aseguró que no habrá despidos de empleados en la transferencia, de los cuales hay 37 empleados que pasarían en su totalidad al DS y tan solo hay dos empleados de confianza. Además, no entiende que se pierdan los fondos federales de la OPP, cuando ésta pase al DS.
Sobre el Programa de Asuntos del Paciente, sostuvo que en lugar del gobernador Alejandro García Padilla nombrar su Director Ejecutivo, el mismo sea designado por la Secretaria de Salud, con el aval del Primer Ejecutivo.
“Ello, en consideración a que las designaciones de Directores Ejecutivos de Hospitales como de los Programas adscritos al DS son realizados por la figura del Secretario con el fin de formular una política pública uniforme y cónsona con la misión del Departamento de Salud, mencionada en la Exposición de Motivos de la medida propuesta”, dijo la funcionaria.
Respecto al Consejo Consultivo que se propone, según ella, sostuvo que ello propone duplicidad, ya que el DS cuanta con la Oficina de Recursos Externos, quien colabora en los procesos de diseño, planificación y redacción de propuestas y por mandato federal cuenta con un Medical Advisory Committee, quien vela por la prestación de servicios al paciente.
Su señalamiento se produjo durante una vista pública de la Comisión de Gobierno, Eficiencia Gubernamental e Innovación Económica, que preside el senador Ángel Rosa Rodríguez, en la que se consideró el Proyecto del Senado 1073, de Administración, que propone crear el Programa de Asuntos del Paciente 1073, dentro de la estructura organizacional del DS; definir las funciones del Programa, los deberes y responsabilidades del Secretario de Salud respecto al mismo; proveer para el trámite e investigación de querellas; crear el Consejo Consultivo del Programa de Asuntos del Paciente; proveer las disposiciones penales, así como multas administrativas; proveer para las transferencias de empleados y la transferencia de bienes al DS; proveer un proceso de transición ordenado; para derogar la Ley 77-2013, conocida como Ley del Procurador del Paciente.


