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title: "Mujeres exigen que Policía reconozca legalidad del aborto"
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section: "Noticias"
author: "Inter News Service"
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published: "2014-01-20T03:00:00.000Z"
updated: "2022-02-22T09:01:34.705Z"
publisher: "Metro Puerto Rico"
language: "es"
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# Mujeres exigen que Policía reconozca legalidad del aborto

_En manifestación._

Por Inter News Service · Noticias · 2014-01-20T03:00:00.000Z

Decenas de mujeres se apostaron esta mañana frente al cuartel general de la Policía en Hato Rey para recordar al superintendente James Tuller Cintrón que el aborto es legal en Puerto Rico y exigir que oriente a los agentes “para que no siga tratando como criminales a las mujeres que optan por terminar un embarazo”, señalaron en una carta enviada al jefe de la uniformada.

La protesta, convocada por el Movimiento Amplo de Mujeres de Puerto Rico, se dio en el contexto del aniversario 41 de la de la decisión judicial del caso Roe contra Wade, del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que legalizó el aborto por petición en Puerto Rico en 1973

En la misiva que entregaron las manifestantes se agrega que “el aborto, bajo el estado de ley de Puerto Rico, no es un crimen. El aborto terapéutico para proteger la salud de las mujeres está reconocido en el Código Penal de Puerto Rico desde hace más de un siglo”.

A su vez, consignan que “la decisión federal Roe contra Wade va por encima de cualquier restricción definida en el Código Penal de Puerto Rico”.

Las manifestantes, quienes cargaban pancartas con mensajes como “Yo aborté. Es mi derecho” y “Yo aborté. Separación de iglesia y estado”, catalogaron de “inadmisible” que se hable de investigaciones policiales a mujeres por haber abortado.

Se refirieron al caso reciente de una joven que abortó y fue investigada por las autoridades policiales como si se tratase de un homicidio.

“En la prensa se habló de investigar si la joven había tomado los medicamentos maliciosamente. Esto evidencia que las instituciones del estado no garantizan la seguridad, privacidad, salud o derechos de las mujeres en Puerto Rico a terminar un embarazo”, puntualizó Alana Feldman Soler, portavoz de Taller Salud.

Feldman Soler señaló que el caso Pueblo contra Duarte (1980), el Tribunal Supremo de Puerto Rico reafirmó la legalidad del aborto, aplicando el criterio de protección de la salud de la mujer al periodo entero del embarazo y estableciendo que no hay distinción entre pacientes mayores o menores de edad para los propósitos del juicio clínico requerido de profesionales de la salud.

“El aborto es un asunto de salud y de derecho a la autonomía y a la privacidad. Cada mujer en Puerto Rico tiene un derecho reconocido a acceder a diferentes opciones para terminar un embarazo no deseado, en caso de que esa sea su decisión. El Estado debe garantizar el acceso al aborto libre, seguro y gratuito para todas las mujeres y proveer las condiciones necesarias para que esa decisión pueda ser tomada de forma libre e informada”, exigió Zulnette García Ramos, portavoz de la entidad La Juntilla X.

El grupo deploró, además, que aun sabiendo que es inconstitucional, la Asamblea Legislativa rehúse derogar los artículos del Código Penal que criminalizan el aborto.

Las manifestantes destacaron que son tres los artículos que deben ser eliminados para atemperar las leyes al reconocimiento legal de la autonomía y los derechos reproductivos de las mujeres en Puerto Rico:

– Artículo 98 Aborto. Toda persona que permita, indique, aconseje, induzca o practique un aborto, o que proporcione, facilite, administre, prescriba o haga tomar a una mujer embarazada cualquier medicina, droga o sustancia, o que utilice o emplee cualquier instrumento u otro medio con intención de hacerla abortar; y toda persona que ayude a la comisión de cualquiera de dichos actos, salvo indicación terapéutica hecha por un médico debidamente autorizado a ejercer la medicina en Puerto Rico, con vista a la conservación de la salud o vida de la madre, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años.

– Artículo 99 – Aborto cometido por la mujer o consentido por ella. Toda mujer que procure de cualquier persona alguna medicina, droga o sustancia, y la tome, o que se someta a cualquier operación o a cualquier otra intervención quirúrgica o a cualquier otro medio, con el propósito de provocarse un aborto excepto el caso de que fuere necesario para salvar su salud o su vida conforme a lo dispuesto en el artículo 98 de este código, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años.

– Artículo 101, sobre anuncios de medios para producir abortos ilegales. Toda persona que redacte y publique un aviso o anuncio de algún específico o procedimiento para producir o facilitar abortos ilegales, o que ofrezca sus servicios por medio de algún aviso, anuncio o en cualquier otra forma para asistir a la consecución de tal hecho, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años.

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