Supremo revoca a juez en caso de violencia doméstica
El Tribunal Supremo revocó una determinación del Tribunal de Apelaciones y ordenó un nuevo juicio con otro juez de primera instancia, en un caso de violencia…
Por PO
El Tribunal Supremo revocó una determinación del Tribunal de Apelaciones y ordenó un nuevo juicio con otro juez de primera instancia, en un caso de violencia domestica por entender que el magistrado que emitió la primera opinión lo hizo con prejuicio y parcialidad.
La sentencia, escrita por la jueza asociada Liana Fiol Matta, fue por el caso Lizbeth M. Dávila Nieves contra Luis Orlando Meléndez Marín, que presidió el juez superior de Rio Grande Ismael Colón Pérez.
“El juez de instancia incurrió en pasión, prejuicio y parcialidad al adjudicar la controversia entre la señora Dávila Nieves y el señor Meléndez Marín. Las visiones personales del juez sobre la violencia doméstica, en particular sobre la conducta de las víctimas en esas circunstancias, le impidieron actuar de manera imparcial y desempeñar su función judicial adecuadamente. Por lo tanto, su apreciación de la prueba y sus determinaciones de hechos no son confiables”, indica la sentencia escrita por la jueza Fiol Matta.
En el recurso se alega que antes de que comenzara el caso, el juez Colón Pérez se reunió en su oficina con Lizbeth Dávila Nieves y supuestamente le dijo que “uno no puede vivir con esas cosas en el corazón porque no va a triunfar. Hay que tener la frente amplia, limpia para poder seguir hacia adelante…Hay que aprender a echar las cosas al olvido”. Las expresiones del juez, aseguró la demandante, le dieron a entender que estaba prejuiciado contra ella.
En su sentencia, el togado determinó que no se cumplieron con los elementos que constituyen violencia doméstica. La perjudicada recurrió al Tribunal de Apelaciones el cual validó la determinación del juez Colón Pérez. “No sabemos si las alegaciones de la señora Dávila Nieves son ciertas. Lo que sabemos es que, en este caso, no podemos descansar en la adjudicación hecha por el tribunal de instancia. Por ello, corresponde devolver el caso a dicho foro para que las partes tengan su día en corte ante otro juez, uno imparcial y libre de toda pasión y prejuicio”, añade el escrito.
La demanda se radicó el pasado 23 de febrero de 2008 por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de supuestos actos de violencia doméstica por parte del señor Meléndez Marín, que incluían un patrón sostenido de maltrato físico y sicológico, así como actos específicos de violencia.


